Ayuntamiento de Totana
5888 Aprobación definitiva de la modificación ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en vías públicas (O.R.A.).


11/05/2015

No habiéndose presentado reclamación o sugerencia alguna a la aprobación inicial de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en vías públicas (O.R.A.), aprobada por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de fecha 26 de febrero de 2015, queda aprobada definitivamente.

El texto aprobado es el siguiente:

Se modifica el artículo 6.1 en sus apartados a) y b) y el ANEXO I que quedan redactados del siguiente modo:

Artículo 6. En cada una de las zonas de aparcamiento regulado se podrá reservar un porcentaje de las plazas para el uso de:

1- PERSONAS FÍSICAS RESIDENTES EN LAS MISMAS. Las autorizaciones para residentes se otorgarán previa solicitud del interesado, acreditando mediante declaración, aportación de documentación o comprobación por parte de los servicios municipales, en su caso, los siguientes requisitos:

a) Que el vehículo es propiedad de persona física residente en Totana, dada de alta como tal en el Padrón Municipal, e inscrita dentro de la zona o calles adyacentes relacionadas en el Anexo I de la presente Ordenanza, para la cual solicita tarjeta/distintivo de estacionamiento. A estos efectos, se considerará titular del vehículo quien conste como tal en el correspondiente permiso de circulación del que acompañará fotocopia.

b) Ser coincidente el domicilio del empadronamiento del titular con el que conste en los ficheros de la Dirección General de Tráfico sobre permisos de circulación, y con el que de hecho resida. El Ayuntamiento comprobará informáticamente los datos derivados de la matrícula del vehículo cruzándola con los obrantes en la base de datos de la DG de Tráfico, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

ANEXO 1

Zona 1.-

Avda Rambla de la Santa: del n.º 5 al 29, y del 28 al 44.

C/ General Aznar: del n.º 2 al 27.

C/ Salvador Aledo: del n.º 1 al 14.

Plaza de la Constitución: toda la calle o plaza.

C/ Alamo: n.º 1 y 2, 5 y 7

C/ Pilar: del n.º 1 al n.º 10.

C/ Cánovas del Castillo: toda la calle o plaza.

Avda de Lorca: del n.º 1 al 9.

C/ Tintoreros: toda la calle o plaza.

C/ Balsa: toda la calle o plaza.

C/ Barco: 1,2 y 4.

Zona 2.-

Avda Rambla de la Santa: del n.º 6 al 26.

C/ Puente: del n.º 1 al 10.

Avda Santa Eulalia: del n.º 1 al 34.

C/ San Antonio: del n.º 1 al 28.

C/ Juan XXIII: toda la calle o plaza

C/ La Fuente: toda la calle o plaza

C/ José Antonio Requena: toda la calle o plaza

Plaza Miguel Marín: toda la calle o plaza

C/ Presbítero Ramírez: del n.º 1 al 10.

C/ Padre Melchor de Benisa: del n.º 2 al 14.

CALLES ADYACENTES.-

Zona 1.-

C/ Del Beso: toda la calle o plaza

C/ Sol: toda la calle o plaza

C/ Alcalde M. Tudela: toda la calle o plaza

C/ Santo Cristo: toda la calle o plaza

Plaza de la Balsa Vieja: toda la calle o plaza

Zona 2.-

C/ Legaz: n.º 1 y 2.

C/ Uvica: del n.º 2 al 6, y del n.º 1 al 5.

C/ Meca: toda la calle o plaza

C/ Calleja: del n.º 7 al 11, y del n.º 6 al 9.

C/ Emilio Mora: toda la calle o plaza

C/ Ródenas: toda la calle o plaza

C/ Casalarga: del n.º 1 al 5, y del n.º 2 al 4.

C/ Maestro Aguja: del n.º 1 al 3.

C/ San Cristóbal: del n.º 1 al 23, y del 2 al 12.


Totana, 30 de abril de 2015.—La Alcaldesa-Presidenta, Isabel María Sánchez Ruiz


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