13/09/2011
COMUNICACIÓN
La Sra. Alcaldesa-Presidenta, con fecha doce de septiembre dos mil once, ha dictado la siguiente Resolución Nº 3453/2.011, que en la parte que le interesa dice:
Advertido error material en la R.A.3380/2011, para seleccionar un Maestro de Obras, en relación al porcentaje del contrato de relevo.
De conformidad con el art. 105.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre en el que textualmente dice: Las Administraciones Públicas podrán asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
En uso de las facultades que me confieren los artículos 21 de la ley 7/1985, de 2 de abril; 24 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril y 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales,
RESUELVO
PRIMERO.- MODIFICAR el porcentaje del contrato laboral a tiempo parcial,
Donde dice:
Tipo de contrato: Contrato de relevo (Laboral Temporal a tiempo parcial 80% de la jornada).
Debe decir:
Tipo de contrato: Contrato de relevo (Laboral Temporal a tiempo parcial 75% de la jornada).