30/06/2011
Con fecha 22 de junio de 2011, la Sra. Alcaldesa-Presidenta, ha dictado la siguiente Resolución n.º 2.569/2011:
Resolución de Alcaldía
“Como resultado de las elecciones municipales celebradas el 22 de mayo de 2011, es necesario llevar a cabo una nueva reorganización de la estructura política y administrativa del Ayuntamiento para afrontar la crisis económica, mejorar la gestión económica y fortalecer las relaciones sociales.
Para ello, se van a establecer nuevas delegaciones entre los miembros del Equipo de Gobierno estableciendo una nueva distribución de competencias que serán asumidas por los Concejales que señalan a continuación.
En uso de las facultades que me confieren los artículos 21 de la ley 7/1985, de 2 de abril; 24 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril y 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales,
Resuelvo:
Primero.- Organizar la actividad municipal en las Concejalías que se relacionan a continuación, indicando respecto de cada una las competencias que se le atribuyen y el Sr. Concejal a quien se designa para desempeñar la facultad de gestión y actividades de tramite que entraña la posibilidad de disponer de lo necesario para la buena tramitación administrativa de los expedientes desarrollándolos en todas sus fases, con exclusión de la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros.
1.- Concejalía de Atención Social, Participación Ciudadana y Colectivos Vecinales, Inmigración, Personas Mayores, Atención a la Diversidad y a la Discapacidad, Relaciones con los Medios de Comunicación y Educación.
Se atribuyen las siguientes competencias:
Atención Social, Participación Ciudadana y Colectivos Vecinales:
Relación de los Centros de Servicios sociales y recursos sociales existentes.
Atención al marginado. Pobreza y mendicidad. Minorías. Inmigrantes.
Minusválidos. Barreras arquitectónicas.
Droga y alcoholismo
Relación con asociaciones existentes.
Programas de Garantía Social.
Voluntariado social.
Servicio de ayuda a domicilio.
Servicio de Personas Mayores.
Centro de Día. Residencia
Servicio jurídico mujer.
Educación:
Gestión de las actividades escolares y extraescolares.
Programas de difusión educativa.
Programas formativos de inserción socio-laboral.
Consejo Escolar Municipal.
Convocatorias de premios, concursos y becas.
Convenios de formación y prácticas.
Relaciones con los Medios de Comunicación:
Coordinación, organización y gestión de la Oficina de Información Municipal del Ayuntamiento de Totana; coordinación de las actuaciones de comunicación institucional y pública; promoción y coordinación de campañas de comunicación institucional de servicio público; coordinación del proceso comunicativo ayuntamiento-medios de comunicación-opinión pública; gestión y coordinación de la emisora de radio municipal, Boletín Informativo Municipal (BIM) y sección de Información de la página web municipal u otras publicaciones del Ayuntamiento; coordinación de la política informativa del Ayuntamiento de Totana y de las distintas Concejalías y de la Administración Institucional, aprobación de los planes de medios de comunicación y sus modificaciones; y coordinación de las relaciones del Gobierno con los medios informativos locales, regionales, nacionales y extranjeros.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D.ª Josefa María Sánchez Méndez.
2. Concejalía de Industria, Energías Alternativas y Transportes y Taxi
Se atribuyen las siguientes competencias:
Industria:
En materia industrial.
Desarrollo local.
Gestión del Polígono Industrial.
Energías Alternativas:
Agencia Energética.
Promoción del ahorro energético en alumbrado público, edificios municipales, ámbitos doméstico, comercial y en el transporte público.
Potenciación de las energías renovables.
Transportes:
Transporte urbano que se desarrolle íntegramente en el término municipal
Coordinación con otras Administraciones Públicas en materia de infraestructura de transportes para la gestión y financiación de las mismas.
Apoyo y promoción al transporte privado y taxis.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D. Félix Cayuela de Pablo.
3. Concejalía de Hacienda y Contratación, Empresa y Sectores Productivos, Promoción Empresarial, Fomento del Empleo, Patrimonio y Suelo:
Se atribuyen las siguientes competencias:
Hacienda:
Control y reconocimiento de derechos y obligaciones de contenido económico.
Ingresos y pagos.
Control contable.
Presupuesto.
Planificación económica.
Contratación:
Contratación administrativa municipal de obras.
Contratación de gestión de servicios públicos.
Contratación de suministros,
Contratación de consultorías y asistencias.
Empresa y Sectores Productivos, Promoción Empresarial y Fomento del Empleo:
Creación de nuevas empresas.
Impulsar proyectos europeos en el ámbito del empleo.
Plan de Empleo 2011-2015
Escuelas Taller y Casas de Oficios y Talleres de Empleo
Iniciativa Rural y Consejos Comarcales.
Programas de Inserción de Desempleados
Patrimonio:
Inventario de Bienes Municipales.
Patrimonio Histórico-Artístico.
Gestión de Seguros
Tramitación de Fondos:
- Locales, Regionales, Estatales y Europeos.
- Explorar las líneas de financiación exclusivas para los municipios de la Unión Europea
- Liderar proyectos vanguardistas que permitan al Municipio de Totana convertirse en un referente
- Internacionalización del Municipio mediante la participación en proyectos internacionales, mayoritariamente en el ámbito europeo.
- Participar en iniciativas de ámbito europeo.
-Acercar la idea y las instituciones europeas a los Totaneros.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a Dª María José Baeza López
·4.- Concejalía de Seguridad Ciudadana, Tráfico y Movilidad, Emergencias, Protección Civil, Comercio, Mercados, Plaza de Abastos:
Se atribuyen las siguientes competencias:
Seguridad Ciudadana, Tráfico y Movilidad:
Coordinación de las actuaciones policiales en materia de seguridad pública.
Informes técnicos que sean requeridos en tiempo y forma.
Junta Local de Seguridad Ciudadana.
Aparcamientos públicos y privados, y de retirada de vehículos.
Ordenación y planificación de la red viaria, en materia de tráfico y circulación.
Servicio de ORA.
Agrupación de Voluntarios de Protección Civil y Emergencias:
Coordinación de las actuaciones de los voluntarios.
Coordinación con la Policía Local.
Mantenimiento de los medios materiales asignados a la Agrupación.
Comercio y Mercados:
Mercados y Plaza de Abastos.
Asociaciones de usuarios y comerciantes.
Promoción y fomento del comercio totanero
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D. Francisco Hernández Guerrero
5. Concejalía de Salud Pública, Sanidad, Consumo, Mujer, Igualdad y Familia e Infancia:
Salud Pública:
Recogida de perros y gatos.
Denuncias alimentarías y respecto de animales.
Control de las características higiénico-sanitarias del espacio urbano.
Campañas dirigidas a la protección de la salud pública.
Mujer e Igualdad de oportunidades:
Apoyo a la mujer, en colaboración con Atención Social.
Programas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Acciones de incorporación social y laboral de la mujer, en colaboración con Atención Social.
Consumo
O.M.I.C.
Consumidores y Usuarios.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a Dª Eulalia Sandoval Andreo
6.- Concejalía de Cultura Popular y Festejos
Cultura Popular:
Administración y gestión de las bibliotecas públicas municipales.
Organización de actividades de fomento de la lectura.
Archivo Municipal.
Organización de actividades de investigación bibliográfica sobre la historia del municipio.
Programas y actividades de difusión cultural.
Gestión de actividades de animación socio-cultural.
Universidad Popular
Escuela Municipal de Música.
Promoción de actividades relacionadas con la idiosincrasia de Totana, que garantice la conservación, acrecentamiento y difusión del patrimonio cultural.
Fiestas:
Fiestas de Barrios, Tradicionales y Oficiales que se celebren en la ciudad.
Entidades festeras.
Concursos con motivo de las Fiestas de la ciudad.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D. Alfonso Cayuela García
7.- Concejalía de Infraestructuras, Vivienda, Medio Ambiente, de Servicios y Mantenimiento Integral de la Ciudad y Caminos:
Se atribuyen las siguientes competencias:
Servicios y Mantenimiento:
Mantenimiento de la infraestructura urbana de carácter público y de las dependencias e instalaciones municipales.
Dirección, control e inspección de los servicios públicos concedidos o contratados.
Limpieza Viaria y Recogida de Residuos.
Parques y Jardines.
Maquinaria y Parque Móvil.
Mantenimiento integral de las instalaciones de Colegios Públicos.
Mantenimiento de Instalaciones Eléctricas.
Limpieza de Colegios y Dependencias municipales.
Cementerio.
Infraestructuras
Dirección de obras que se le encomiende.
Supervisión municipal de obras
Coordinación seguridad y salud en las obras municipales.
Redacción de proyectos de obras y de instalaciones.
Regeneración, mantenimiento y conservación de caminos públicos y vecinales.
Medio Ambiente:
Licencias de apertura de establecimientos, legalización de los existentes y expedientes sancionadores relacionados con su competencia.
Protección y conservación de la flora y la fauna del Municipio.
Impacto Ambiental.
Eco-parque.
Agenda 21 Local.
Vivienda:
Regeneración de Barrios.
Restauración de viviendas
Promoción de la vivienda
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a Dª María José Bedia Navarro.
8. Concejalía de Deportes y Juventud.
Juventud:
Programas municipales de Juventud.
Inserción de los jóvenes en la vida social activa.
Consejo de la Juventud y las Asociaciones.
Deporte:
Promoción y desarrollo de las actividades deportivas en el Municipio.
Deporte municipal y escolar.
Mantenimiento de las instalaciones deportivas.
Colaboraciones con entidades deportivas.
Ciudad Deportiva.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D. Bartolomé Pallarés Pérez
9.- Concejalía de Pedanías, Agricultura y Agua.:
Se atribuyen las siguientes competencias:
Pedanías, agricultura, ganadería y agua:
Detección de necesidades en las Pedanías y proyectos de mejora.
Desarrollo y mejora de las actividades agrícolas del término municipal.
Convenios de colaboración con las asociaciones agrícolas y ganaderas.
Recursos hídricos.
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D. Diego Muñoz Munuera
10.- Concejalía de Recursos Humanos, Administración Pública, Innovación y Sociedad de la Información, y Presidencia.
Se atribuyen las siguientes competencias:
Recursos Humanos:
Oferta de empleo público, bases y pruebas de selección de personal.
Gestión empleados municipales.
Plantilla y catálogo o relación de puestos de trabajo.
Seguridad e higiene, prevención de accidentes y salud laboral.
Negociación con los órganos de representación sindical.
Cumplimiento de las normas laborales y estatutarias, (control de presencia, incompatibilidades, etc.).
Innovación y Sociedad de la Información:
Plan de Sistemas de información Municipal.
Normalizar el entorno tecnológico municipal.
Material informático.
Implantación de un sistema de calidad y modernización de la administración.
Mejora de los procesos.
Cartas de Servicio
Se nombra para desempeñar esta Concejalía a D. José David Amorós López.
Segundo.- Nombrar como Tenientes de Alcalde, con las facultades legalmente preceptivas, a los siguientes Sres. Concejales, miembros de la Junta de Gobierno Local:
- Primer Teniente de Alcalde: D. José David Amorós López.
- Segundo Teniente de Alcalde: ·Sr. Concejal D. Félix Cayuela de Pablo.
- Tercer Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Diego Muñoz Munuera
- Cuarto Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Bartolomé Pallarés Pérez
- Quinto Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Alfonso Cayuela García
- Sexto Teniente de Alcalde. Sr. Concejal Dª Eulalia Sandoval Andreo.
Séptimo Teniente de Alcalde: Sr. Concejal D. Francisco Hernández Guerrero.
Tercero.- Delegar las siguientes competencias en la Junta de Gobierno, en base a lo establecido en el art 21.1 y 21.3 de la Ley 7/85:
g) Aprobar la oferta de empleo publico de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de la pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones que no sean fijas ni periódicas.
j) aprobaciones de instrumentos de planeamiento de desarrollo de planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.
o) La aprobación de proyectos de obras y de servicios cuando sea competente para su contratación y estén previstos en el presupuesto.
q) El otorgamiento de licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al Pleno.
s) Las demás que le atribuyan al Alcalde, las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las Comunidades Autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos.
En materia de contratación y de bienes las asignadas al Alcalde por la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007:
Las competencias, como órgano de contratación respecto de los contratos de obras, de suministros, de servicios, de gestión de los servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni, en cualquier caso, la cuantía de seis millones de euros incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recurso ordinarios del presupuesto del primer ejercicio ni la cuantía señalada.
Así mismo se delega la adjudicación de concesiones sobre los bienes de las mismas y la adquisición de bienes inmuebles y derechos sujetos a la legislación patrimonial cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni las cuantías indicadas.
Cuarto. Avocación
Las Delegaciones de Competencias efectuadas se entenderán sin perjuicio de su avocación singular por el órgano delegante.
Sexto. Efectos.
Estas delegaciones surtirán efectos desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución
Séptimo.- Notifíquese la presente Resolución a los Sres. Concejales nombrados, dése cuenta al Pleno del nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno Local, y publíquense los nombramientos de Sres. Tenientes de Alcalde en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la presente Resolución.
Totana, 23 de junio de 2011.—La Alcaldesa-Presidenta, Isabel María Sánchez Ruiz
NPE: A-300611-10546