15/01/2010
La Junta de Gobierno Local en sesión Ordinaria celebrada el día catorce de enero de dos mil diez , adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
14.1 PROPUESTA DEL CONCEJAL DE PERSONAL PARA LA MODIFICACIÓN DE BASES EN LA BOLSA DE TRABAJO DE TRABAJADOR SOCIAL.
Visto que mediante acuerdo de Junta de Gobierno, en sesión de 30/12/2009, se aprobaron las bases para la formación de una bolsa de trabajo de Trabajador Social.
Advertido error en la redacción de las citadas bases, se propone a la Junta de Gobierno la adopción de los siguientes acuerdos:
Primero.- Modificar parcialmente la Base Séptima de las aprobadas por la Junta de Gobierno, en sesión de 30/12/2009, para constituir una bolsa de Trabajador Social, de la siguiente manera:
DONDE DICE:
A) Ejercicios escrito y entrevista personal:
Consistirá en contestar por escrito a 10 preguntas cortas sobre la labor diaria del servicio de mediador social intérprete de la concejalía de bienestar Social del Ayuntamiento de Totana, durante un período máximo de 30 minutos.
DEBE DECIR:
A) Ejercicios escrito y entrevista personal:
Consistirá en contestar por escrito a 10 preguntas cortas sobre la labor diaria del servicio de TRABAJADOR SOCIAL de la concejalía de bienestar Social del Ayuntamiento de Totana, durante un período máximo de 30 minutos.
Segundo.- Comunicar a los servicios municipales afectados, y dar publicidad mediante su inclusión de la página web y tablón municipales.
APROBADO POR UNANIMIDAD MEDIANTE VOTACION ORDINARIA
Lo que le comunico a Ud. para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acuerdo, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello, sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
Totana (Murcia), 15 de enero de 2010
LA SECRETARIA GENERAL
LAURA BASTIDA CHACÓN