11/01/2024
Además, todos los proveedores deben hacerlo por el FACE preferentemente en todo caso
La Concejalía de Hacienda recuerda que, desde la entrada en vigor de la denominada “factura electrónica” ( Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas del Sector Público), los proveedores deben presentar sus facturas con el Ayuntamiento de Totana a través del FACE (punto general de entrada de facturas electrónicas a las Administraciones Públicas), obligatoriamente si superan los 5.000 euros, siendo preciso aconsejar la preferencia de la presentación de cualquier importe de factura por este medio electrónico.
Esta situación lleva consigo también ventajas:
- Entrar dentro de las obligaciones que exige la implantación de la Administración Electrónica, dando mayor agilidad en la tramitación de las facturas.
- Formar desde el inicio de la factura en su entrada en el FACE un expediente para su tramitación en el circuito establecido para ello.
Los datos precisos para la tramitación de la factura electrónica por el FACE que precisa conocer un proveedor son:
Oficina
contable |
Órgano
Gestor |
Unidad
Administrativa |
L01300392
Intervención Municipal |
L01300392
Concejalía de Hacienda |
L01300392
Intervención Municipal |
Remitidas a Intervención las facturas, serán aprobadas por la Junta de Gobierno Local o Resolución de Alcaldía, y se trasladarán a la Tesorería Municipal, para que conforme a la legislación que regula la prioridad de los pagos y el Plan de Disposición de Fondos, se proceda a la fase de Ordenación del Pago.
A su vez esta tramitación da lugar a que los proveedores puedan consultar el estado de su factura en cualquier momento a través de dicha plataforma.
Fuente: totana.es