01/02/2023
Casi 29.000 ecuatorianos residentes en la Región están llamados este domingo a las urnas; con mesas de votación en Murcia, Cartagena, Jumilla y Lorca
En Totana están empadronados 2.453 ciudadanos de Ecuador, de los que 1.009 son mujeres y 1.444 hombres
Este próximo domingo, entre las nueve de la mañana y las siete de la tarde la comunidad ecuatoriana en la Región de Murcia ejercerá su derecho al voto respecto al referéndum convocado por el Gobierno Nacional, y a los siete miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, órgano que impulsa el ejercicio de la participación ciudadana en el control de los asuntos de interés público.
En España están habilitados para votar 179.137 ciudadanos en 19 recintos electorales habilitados para este proceso, de los que 28.906 están censados en la Región de Murcia.
Aquí los centros de votación están localizados en cuatro ciudades, Murcia, Cartagena, Jumilla y Lorca, con la finalidad de brindar acceso y servicio a quienes se presenten a ejercer su voto.
21.499 votantes están llamados a votar en Murcia, en el Auditorio y Centro de Congresos Víctor Villegas. En Cartagena están llamados 2.776 votantes que pueden acudir al Hotel Los Habaneros. Los 1.083 llamados a Jumilla tienen que acudir al Hotel Monreal y los 3.548 que votan en Lorca tienen habilitado el Hotel Jardines de Lorca.
Para ejercer el voto los ciudadanos deberán presentar su cédula o pasaporte ecuatoriano vigente o caducado; la no vigencia de estos documentos no impedirá el ejercicio del derecho al sufragio.
En el caso de que, los ciudadanos no hayan solicitado el cambio de domicilio electoral hasta el 14 de mayo de 2022, no podrán ejercer su derecho al voto. Para participar en próximos procesos electorales, deberán actualizar su domicilio electoral ante el CNE de manera virtual o en su Consulado más próximo de manera presencial. El cambio de domicilio electoral se puede realizar en: https://votoenelexterior.cne.gob.ec/cambio-de-domicilio-electoral/
El consulado recuerda que, de conformidad con el artículo 62.2 de la Constitución de la República del Ecuador, el voto en el exterior no es obligatorio. Para información sobre cómo gestionar el certificado de votación ingrese en: https://www.cne.gob.ec/certificado-de-votacion
Fuente: totana.es