22/03/2022
El orden del día del Pleno ordinario municipal correspondiente al mes de marzo recoge dar cuenta del informe resumen anual de control interno económico-financiero del ejercicio 2021 elaborado por los Servicios de Intervención Municipal.
Este procedimiento se lleva a cabo en virtud de lo establecido en el artículo 37 del Real Decreto 424/2017, de 28 de abril por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local.
Así pues, el órgano interventor debe elaborar con carácter anual y con ocasión de la aprobación de la Cuenta General, el informe resumen de los resultados del control interno señalado en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
El informe resumen ha de ser remitido al Pleno, a través del presidente de la Corporación y a la Intervención General de la Administración del Estado en el curso del primer cuatrimestre de cada año; y contendrá los resultados más significativos derivados de las de las actuaciones de control financiero y de función interventora realizadas en el ejercicio anterior.
La Intervención General de la Administración del Estado dicta las instrucciones a las que han de ajustarse el contenido, estructura y formato del informe resumen y deberá crear un inventario público que recoja los informes recibidos de las Entidades Locales.
Fuente: totana.es