Ayuntamiento de Totana
El Ayuntamiento se adhiere al Código de conducta de la contratación pública de la Región de Murcia elaborado por la Consejería de Transparencia para incentivar el buen gobierno


23/02/2021

El Ayuntamiento de Totana se ha adherido recientemente al Código de conducta de la contratación pública de la Región de Murcia elaborado por  la Consejería de Transparencia, dando cumplimiento a un acuerdo plenario del pasado mes de enero con el fin de impulsar e incentivar modelos y herramientas de gestión que permitan el gobierno.

La contratación pública es uno de los ámbitos de actuación de las Administraciones Públicas que presenta una mayor dimensión económica y estratégica, habida cuenta del gran volumen de gasto que representa., puesto que convergen en ella multitud de intereses públicos y privados, se ha convertido en una de las actividades más vulnerables a las malas prácticas, que en los últimos tiempos han generado una sensación de desafección de la ciudadanía en los poderes públicos.

Por ello, con la finalidad de recuperar el clima de confianza de la ciudadanía en la buena gobernanza de sus Administraciones Públicas, se considera prioritario contar con un sistema de integridad institucional que, en materia contractual, por un lado, perfile los principios éticos y de conducta a seguir por los altos cargos y demás servidores públicos que participen en las diferentes fases del procedimiento contractual y, por otro, establezca pautas orientadas a minimizar los riesgos contra la integridad y que coadyuven a resolver los eventuales dilemas éticos que se puedan presentar. 

Hoy más que nunca se hace preciso diseñar programas que permitan prevenir, detectar y combatir conductas deshonestas y reforzar los instrumentos para controlar la gestión eficiente del gasto público. El código se estructura en dos bloques, referidos a la vertiente interna y a la externa. 

En el primer bloque, dirigido a la vertiente interna, se establecen una serie de principios generales que deben presidir la contratación pública y, después, se recogen una serie de pautas de actuación o de prácticas contractuales que se consideran especialmente convenientes para ir forjando una cultura ética de la contratación pública por parte de los cargos públicos y el personal al servicio de la Administración Regional. 

En el segundo bloque se plasman las reglas éticas que han de respetar licitadores, candidatos, adjudicatarios y contratistas, que se estiman fundamentales para coadyuvar a conseguir una contratación íntegra y transparente, a través de unos principios y normas de conducta externas.

Este código recoge valores éticos y normas de conducta, así como principios de buenas prácticas que deben regir la actuación de todos los intervinientes en los procesos de contratación pública; tiene carácter preventivo y orientador de la actividad de los cargos públicos y empleados públicos regionales que desplieguen sus actividades directivas o profesionales en el ámbito de la contratación pública, y está destinado exclusivamente a mejorar la cultura ética y las buenas prácticas en contratación de la Administración Regional y llamado a formar parte de la cultura organizacional e idiosincrasia de nuestra Administración. 

El código no posee valor normativo, tiene una dimensión axiológica y un carácter marcadamente deontológico para los profesionales de la contratación en la Administración Regional, careciendo de contenido disciplinario aplicable a los empleados públicos. 

El código constituye para los gestores públicos responsables una directriz de actuación, definiendo las exigencias éticas y de buena gestión que estos han de asumir en su quehacer, quedando vinculados a él todos los cargos y empleados públicos regionales en los términos establecidos en el presente texto. 

En lo que se refiere a las empresas y entidades licitadoras se incardinará como un compromiso cuyo cumplimiento asumirán en los documentos contractuales que regulan las relaciones entre Administración y contratista. Además, es un documento vivo y dinámico, que parte de unos estándares mínimos por lo que se podrán ir incorporando nuevos requerimientos según avance la práctica administrativa.


Fuente: totana.es

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