02/11/2020
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten sus servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que se hayan vistos afectados por un expediente de regulación de empleo de carácter temporal (ERTE) mediante la suspensión total o parcial del contrato de trabajo y a consecuencia del mismo tenga reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal, el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.