10/01/2019
El Negociado de Estadística de la Concejalía de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento de Totana informa que residentes extranjeros de 12 países pueden solicitar su inscripción en el censo electoral hasta el 15 de enero para votar en las elecciones municipales del 26 de mayo de 2019.
Este procedimiento se realiza en virtud de los acuerdos de reciprocidad internacional de voto en comicios locales que España mantiene con países extranjeros y pueden beneficiarse de él los ciudadanos de Colombia, Chile, Noruega, Paraguay, Perú, Nueva Zelanda, Bolivia, Cabo Verde, Corea, Islandia y Trinidad y Tobago.
La Oficina del Censo Electoral ha comenzado a enviar una comunicación a los residentes en España de estos países para informarles de dicho plazo de inscripción, comprendido entre el 1 de diciembre y el 15 de enero.
La inscripción en el censo electoral también puede ser realizada acudiendo al Ayuntamiento donde esté empadronado (Negociado de Estadística, de 9:00 a 13:00 horas), en el plazo anteriormente indicado.
Para ejercer el derecho a voto en los comicios municipales, deberán ser mayores de edad y cumplir con las condiciones establecidas. Éstas son, a excepción del caso de Noruega, estar en posesión de la autorización de residencia en España y haber residido legal e ininterrumpidamente durante, al menos, cinco años anteriores a su solicitud de inscripción en el censo electoral.
También tiene que figurar inscrito en el padrón del municipio de su residencia habitual que es donde podrá ejercer el derecho a voto. En el caso concreto de Noruega, se debe haber residido en España, legal e ininterrumpidamente más de tres años.
Para facilitar este trámite, la Oficina del Censo Electoral remitirá por correo postal una comunicación a 280.316 residentes en España nacionales de estos 12 países para que soliciten su inscripción en el censo electoral.
Del total de comunicaciones, 262.480 corresponden a extranjeros que cumplen todas las condiciones del acuerdo y que recibirán la clave para que puedan realizar su inscripción en el censo por Internet.
Los restantes 17.836 extranjeros deberán realizar la inscripción en el censo electoral por correo postal, aportando un documento en vigor que justifique la autorización de residencia en España o un certificado de residencia expedido por la Comisaría de Extranjería y Fronteras, que puede ser obtenido en cualquier dependencia policial.
Fuente: totana.es