Ayuntamiento de Totana
El Servicio de Asesoramiento al Usuario de los Servicios Municipales ofrece una serie de recomendaciones sobre el procedimiento de organizar la modalidad de viajes combinados


27/07/2018

El Servicio de Asesoramiento al Usuario de los Servicios Municipales de la Concejalía de Desarrollo Económico ofrece una serie de recomendaciones sobre el procedimiento de organizar la modalidad de viajes combinados.

Se entiende por “viaje combinado”  la combinación de al menos dos elementos como son transporte, alojamiento y otros servicios turísticos (excursiones, visitas a museos, entradas a espectáculos, etcétera), ofrecidos a un precio global y que exceda de 24 horas o incluya una noche de estancia.

El turismo es una sector que, pasada la etapa de consolidación, continúa con otra de expansión, al estar ocurriendo esto en un contexto de ralentización económica  queda claro que se ha instalado entre las necesidades que numerosos usuarios han interiorizado.

Es numeroso el segmento de población que tiene que viajar pero que ha de comparar multitud de ofertas, formas de viajar, estudiar financiaciones distintas, etcétera para ajustar preferencias y presupuestos familiares.

Este contexto ha permitido desarrollarse la modalidad de viajes conocida como “Viajes combinados” puesto que ofrece precios muy competitivos y también simplifica las distintas contrataciones (transporte, alojamiento, excursiones, etc.) que están presentes en la mayoría de los viajes turísticos.

La norma reguladora de esta actividad quedó incluida, en 2.007, en el Texto Refundido  de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios pero necesitada de una actualización, la misma viene por una disposición europea según la Directiva de la UE 2015/2302 que debería haber sido transpuesta y ya aplicada  desde el 01/07/2018. El proyecto de ley, calificado como urgente, está en fase de tramitación en el Congreso de los Diputados, su aprobación no se habrá de demorar.

Recomendaciones a los usuarios que organizan la realización de los denominados “viajes combinados:

-          Programa o folleto informativo,  el detallista u organizador lo facilitarán por escrito con una información “clara, comprensible y precisa” sobre aspectos como: - destinos y medios de transporte – duración y calendario del viaje – detalles de los alojamientos (categoría, instalaciones, etc.) – régimen alimenticio (comidas y bebidas) – información sobre pasaportes, visados y formalidades sanitarias – precio final del viaje y de las excursiones facultativas – anticipos, calendarios de pago y posible financiación – número mínimo de inscripciones y plazo de información en casos de anulación – responsabilidad, cancelaciones y demás condiciones del viaje – nombre y domicilio del organizador del viaje – información adicional sobre el viaje ofertado.

-          Carácter vinculante de la oferta, lo ofrecido comprometerá al organizador salvo que los posibles cambios se les hayan comunicado por escrito al usuario, que se haya hecho mención expresa en el programa y los haya aceptado el cliente,  

-          Contrato de viaje combinado, deberá formularse por escrito y contener, al menos, elementos como: - destino – fraccionamiento de viaje (periodos y fechas – medios, categorías y transportes – fechas, horas y lugares de salida y regreso – itinerario – visitas y excursiones – nombre y dirección del organizador, detallista y si procede del asegurador – precio con el desglose de los gastos de gestión y posible revisión del mismo – información sobre gastos de anulación – precio, calendario y condiciones de financiación – plazo de prescripción en el que el usuario podrá presentar sus reclamaciones y plazo en el que usuario podrá exigir la confirmación de la reserva. Se entregará copia del contrato al cliente.

-          Cesión de la reserva,  el usuario podrá ceder el viaje contratado, gratuitamente, a otras personas que reúnan los requisitos exigidos, ésta cesión deberá comunicarse al organizador con una antelación mínima, de 15 días a no ser que se haya pactado un plazo menor.

-          Información adicional, los organizadores o detallistas deberán facilitar por escrito, antes de que se inicie el viaje, información sobre: - horarios y lugares de las escalas y categorías del lugar que ocupará el viajero – nombre, dirección y número del teléfono del organizador o detallista y, en su caso, de su representación en el lugar de destino, también de organismos locales que puedan ayudar al consumidor – en viajes y estancias de menores en el extranjero información que permita el contacto con éstos – información sobre suscripción facultativa de seguro de cancelación  o de seguro para casos de enfermedad, accidente o fallecimiento. Toda está información ha de facilitarse como tarde en el momento de confirmación de las reservas.

-          Revisión de precios, la revisión sólo será posible si está prevista en el contrato y tendrá que ser por variaciones en el precio de los transportes (incluidos los carburantes), tasas e impuestos y tipos de cambio. No podrán subirse los precios en los 20 días anteriores a la fecha del viaje.

-          Modificación del contrato,  si antes de la salida del viaje el organizador ha de modificar algún elemento sustancial del mismo, habrá de ponerlo, inmediatamente, en conocimiento del cliente, éste podrá aceptar modificaciones o resolver el contrato  circunstancia que deberá comunicar en un plazo de tres días desde que fue notificado. Si no hay comunicación se entenderá que resuelve el contrato sin ninguna penalización.

-          Resolución del contrato por el organizador o cancelación del viaje,  éste deberá devolver las cantidades pagadas u ofrecer un viaje equivalente o superior. También podrá ser inferior, que siendo aceptado por el usuario podría exigir la devolución del precio correspondiente. Si no hay acuerdo, organizador y detallista deberán indemnizar, por incumplimiento de contrato, con unos porcentajes que van desde el 5% si la anulación está comprendida entre los dos meses y 15 días anteriores a la salida; del 10% entre los 15 días y 3 días y del 25% en las 48 horas anteriores.

No existe obligación de indemnizar cuando los motivos se deban a que no se haya cubierto un número mínimo de inscripciones, siempre que se indicara tal posibilidad en el contrato o que concurran causas de fuerza mayor (catástrofes naturales, cierre de fronteras, etcétera).

-          Resolución del contrato por el consumidor o usuario, podrá desistir del contrato con la obligación de cumplir con las indemnizaciones siguientes: - abonará los gastos de gestión y de anulación si los hubiere- pagará una penalización consistente en un 5% si la cancelación se produce con más de 10 días y menos de 15; el 15% entre los días 3 y 10 y el 25% dentro de las 48 horas antes de la salida.  De no presentarse a la salida el usuario deberá pagar el importe íntegro del viaje.

-          No prestación de los servicios tal y como fueron contratados, si una vez iniciado el viaje el organizador no puede cumplir con todo lo ofertado, adoptará las soluciones, sin recargo en el precio, para que el mismo puede continuar. Tendrá que abonar la diferencia entre lo contratado y lo ofrecido. Si el consumidor continúa con el viaje se entenderá que acepta las nuevas condiciones. Si no hay soluciones viables o el consumidor no las acepta por motivos razonables, deberá facilitar el organizador un medio similar al contratado para que el cliente puede regresar, sin perjuicio de la indemnización que pueda proceder.

-          Responsabilidad de los organizadores y detallistas por las obligaciones contraídas para ser prestadas por ellos mismos o por terceros. La responsabilidad frente al usuario será solidaria entre quienes concurran conjuntamente en el contrato. También responderán de los daños sufridos por el usuario al no cumplir, o hacerlo deficientemente, el contrato. No habrá responsabilidad cuando: - los defectos sean imputables al usuario – si son imputables a un tercero y tengan un carácter imprevisible – que haya fuerza mayor o que no se pudiera prever el acontecimiento – .

-          Garantía contractual, los organizadores y detallistas deberán mantener una fianza para responder del cumplimiento de los servicios derivados de los viajes combinados. En caso de incumplimiento el cliente podrá acceder fácilmente a la protección garantizada, sin trámites excesivos y sin ninguna demora indebida y de forma gratuita. 


Fuente: totana.es

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