Ayuntamiento de Totana
La Concejalía de Sanidad recuerda la obligatoriedad de la vacunación antirrábica de perros, gatos y hurones y de la identificación mediante microchip de los perros


01/09/2016

La Concejalía de Sanidad recuerda la obligatoriedad de la vacunación antirrábica de perros, gatos y hurones y de la identificación mediante microchip de los perros, cuyos trabajos se pueden realizar en cualquiera de las clínicas veterinarias profesionales existentes en este municipio.

La rabia es una enfermedad vírica, que afecta a los mamíferos y por lo tanto al hombre también, de manera que con el fin de prevenir casos de rabia humana se hace necesaria la vacunación de la población animal que pueda actuar como portadora, y así disponer de un nivel de inmunización adecuado en la población animal que convive en el ambiente humano.

Como consecuencia de la aparición de un foco de rabia en la provincia de Toledo en años anteriores, la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, mediante la publicación de la Orden de 25 de julio de 2013, de las Consejerías de Agricultura y Agua y de Sanidad y Política Social, estableció esta medida para el control y erradicación de la rabia en los animales y la prevención de riesgos para la salud pública.

Al respecto, fijó la obligatoriedad de la vacunación antirrábica anual de los animales domésticos de hábitat humano, y en concreto de las especies caninas, felinas y mustélidos (hurones) ubicados en la Región de Murcia.

La vacunación antirrábica deberá realizarse obligatoriamente a los perros y hurones a partir de los  3,5 meses de vida,  gatos a partir de los 5 meses de vida, y proceder a la revacunación anualmente.

En el caso de cachorros que lleguen a esta edad en fechas posteriores al periodo establecido como obligatorio o adultos cuya última vacunación anual se haya producido pasado dicho periodo, la vacunación se realizará según las pautas habituales por los facultativos responsables.

La vacunación antirrábica se considera un tratamiento obligatorio en perros, gatos y hurones, por lo que la no aplicación de la misma se considera infracción grave y sancionable por parte de este Ayuntamiento.

Igualmente, se recuerda la obligatoriedad de la identificación animal de los perros en un plazo máximo de 3 meses de edad o bien un mes tras su adquisición, mediante la implantación de un microchip.

La vacunación y la identificación se realizan en cualquiera de las clínicas veterinarias de la localidad. 


Fuente: totana.es

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