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URBANISMO EXPLICA AL CONSEJO MUNICIPAL DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA LAS REPERCUSIONES SOCIALES DE LA NUEVA LEY REGIONAL DEL SUELO

(20/11/2001)

El Consejo Municipal de Participación Ciudadana, donde están representados todos los sectores asociativos del municipio, en la tarde de ayer celebró una reunión extraordinaria en el teatro del Centro Sociocultural La Cárcel, con motivo de la petición demandada por los ciudadanos del municipio sobre la explicación e información de la Nueva Ley Regional del Suelo. Es por ello, por lo que el responsable municipal del área de Urbanismo, Antonio Megal Cifuentes, acompañado por un técnico municipal, expusieron en líneas generales, analizando e informando a los asistentes las repercusiones sociales de la Nueva Ley del Suelo, donde el concejal de Participación Ciudadana, José Costa Hernández, actuó como moderador entre los ponentes y las preguntas realizadas por los ciudadanos.

Desde la entrada en vigor de la Ley 1/2001, de 24 de abril, de Suelo de la Región de Murcia, según explicó Megal, se han planteado para los municipios de la Comunidad Autónoma numerosos problemas para su efectiva aplicación, dificultades de especial incidencia en Ayuntamientos como el de Totana, que disponen dentro del término municipal de una gran parte de suelo clasificado como no urbanizable. La nueva Ley de Suelo Regional establece un periodo de 2 años para que se inicie la adaptación de los planes municipales a sus determinaciones, y hasta tanto no se adapte el planeamiento municipal, igualando el suelo no urbanizable existente en la actualidad a aquel que con su nuevo régimen jurídico se regula en la Ley 1/2001. Esto trae como consecuencia, según el edil, que en estricta aplicación de la legalidad, en esta clase de suelo se verán limitadas de una forma drástica las posibilidades de edificación, ya que preceptos de la Ley como el artículo 77 señala como mínima la parcela de 20.000 metros para la construcción de vivienda unifamiliar en suelo no urbanizable. De esta manera, considerando el fraccionamiento de la propiedad rústica en el municipio, la directa aplicación de la normativa prevista en la Ley, sin la existencia de un régimen transitorio que la difiera en el tiempo hasta tanto no se adapten las normas de planeamiento municipal, según el edil, "supone un menoscabado de la seguridad jurídica para el ciudadano de Totana, así como una efectiva falta de proporcionalidad en la aplicación de la legalidad urbanística".
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