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EL PLENO APRUEBA NUEVAS BONIFICACIONES FISCALES DIRIGIDAS A DISTINTOS SECTORES DE LA POBLACIÓN

(28/02/2003)

El pleno de la corporación, con los votos a favor de PSOE e IU y la abstención del PP, ha aprobado la inclusión de una serie de bonificaciones fiscales de las que se beneficiarán familias numerosas y discapacitados, entre otros colectivos. Una de las más novedosas es la bonificación del 75% en el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras para aquellas construcciones cuya producción de agua caliente se realice por medio de energía solar.

Aprovechando la necesidad de modificar las ordenanzas fiscales locales para adaptarlas a la Ley de Haciendas Locales, reformada recientemente por el Gobierno de España, el Gobierno municipal aprobó el pasado martes la introducción en las ordenanzas de una serie de bonificaciones, siendo una de las más importantes la bonificación sobre la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana para las familias numerosas. El porcentaje de las bonificaciones, según explicó el alcalde, variará según el número de miembros de la unidad familiar:  Bonificación del 40% de la cuota íntegra del impuesto, para la vivienda que constituya la residencia habitual, cuando se trate de familias numerosas de Primera Categoría (3 a 6 hijos) , siempre que los ingresos brutos de la unidad familiar sean inferiores al resultado de multiplicar por cinco el Salario Mínimo Interprofesional.  Bonificación del 60% de la cuota íntegra del impuesto para la vivienda que constituya la residencia habitual, cuando se trate de familias numerosas de Segunda Categoría (7 a 9 hijos), siempre que los ingresos brutos de la unidad familiar sean inferiores al resultado de multiplicar por siete el Salario Mínimo Interprofesional.  Bonificación del 80% de la cuota íntegra del impuesto, para la vivienda que constituya la residencia habitual, cuando se trate de familias numerosas de Categoría de Honor (10 o más hijos), siempre que los ingresos brutos de la unidad familiar sean inferiores al resultado de multiplicar por nueve el Salario Mínimo Interprofesional. También se establece una bonificación del 100 % del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para todas aquellas personas que tengan reconocida una minusvalía superior al 33%. Otra de las modificaciones aprobadas es una bonificación del 75 % a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar para autoconsumo. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación de la Administración competente.
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