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Hacienda, Contratación y Juventud

Las ayudas a autónomos que fija el Gobierno regional se pueden pedir ya, tratándose de un único pago de 286 euros para quienes acrediten una caída del 40% de sus ingresos

(02/07/2020) imprimir

La nueva ayuda de 286,15 euros de la Comunidad para autónomos y profesionales acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social ya pueden solicitarse desde este miércoles, 1 de julio, y hasta el jueves, 30 de julio, según informan fuentes de la Concejalía de Desarrollo Económico, Fomento y Empleo.

Esta iniciativa, denominada 'Línea Reactivä Autónomos' e incluida en el Plan ReActiva 2020 del Gobierno regional, consiste en una prestación económica única para aquellos autónomos y mutualistas que acrediten en el mes natural anterior a la solicitud, es decir, en junio, una disminución de su facturación superior al 40 por ciento en relación con el promedio de facturación del semestre natural anterior a la declaración del estado de alarma. Esta acreditación puede aportarse en un plazo de hasta tres meses desde la notificación de concesión de la ayuda.

La Consejería tramitará estas ayudas a través de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, y estimará por orden de entrada todas las solicitudes que cumplan con los requisitos, hasta agotar el presupuesto de 4 millones de euros. Esta cantidad económica permitiría la concesión de ayudas a casi 14.000 beneficiarios.

Durante el mes de plazo para pedir la ayuda, los interesados deberán formalizar su solicitud exclusivamente por medios telemáticos a través de la sede electrónica de la Comunidad (sede.carm.es), concretamente en el procedimiento número 3385. Hasta la habilitación del formulario el 1 de julio, pueden obtener toda la información sobre esta ayuda en el 'microsite' de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo.

Requisitos básicos

Además del descenso de más del 40 por ciento de los ingresos, otros requisitos son que los beneficiarios estén afiliados al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar o acogidos a mutualidades alternativas a la Seguridad Social en el momento de presentación de la solicitud y que lo estuvieran también cuando se declaró el estado de alarma (14 de marzo de 2020). Esta ayuda es incompatible con la prestación extraordinaria del Gobierno central por cese de actividad de autónomos o con caída de ingresos de más del 75 por ciento.

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Fotos: Juan Caballero

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