El Alcalde–Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Totana, (Murcia)
Hace saber: Que se encuentran expuestos al público en
la Oficina de Atención al Contribuyente, sita en Cl. San Cristóbal, 8
bajo, los padrones fiscales de los siguientes conceptos,
correspondientes al ejercicio 2019:
- Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana.
- Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
- Impuesto sobre bienes inmuebles de características especiales.
- Impuesto sobre actividades económicas – cuotas municipales.
Durante el plazo de Quince días, contados a partir del
siguiente día a aquel en el que se publique el presente edicto en el
“Boletín Oficial de la Región de Murcia”, con el objeto de que los
interesados puedan examinarlos durante el mencionado plazo.
Contra los mismos, los interesados podrán interponer
el recurso de reposición regulado en los artículos 108 de la Ley 7/85,
de 28 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 14.2 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante el
Sr. Alcalde en el plazo de Un Mes, computado desde el día siguiente a la
finalización del periodo de exposición pública.
Los contribuyentes afectados por los mismos podrán
realizar el pago de sus deudas, en período voluntario, durante los días
hábiles comprendidos entre el 2 de septiembre y el 5 de diciembre de
2019, (ambos inclusive), en los siguientes lugares:
- Oficina de atención al contribuyente sita en la Cl.
San Cristóbal, 8 en la planta baja del edificio Imprenta, de lunes a
viernes, en horario de 9 a 14 horas, excepto los meses de julio y
agosto, de 9 a 13 horas.
- Entidades colaboradoras: indicadas en el documento
de ingreso que se remitirá a los contribuyentes. En caso de que no
reciban o extravíen este documento de ingreso, pueden obtener un
duplicado del mismo en la Oficina de Atención al Contribuyente
mencionada.
Transcurrido el plazo indicado se iniciará el período
ejecutivo, procediéndose al cobro de las cuotas no satisfechas con los
recargos establecidos en el art. 28 de la Ley General Tributaria,
intereses de demora y las costas del procedimiento, con los efectos
señalados en el art. 161 de la citada Ley.
Lo que se hace público para general conocimiento en
cumplimiento de lo previsto en el art. 102 de la Ley General Tributaria y
24 del Reglamento General de Recaudación, produciendo el presente
anuncio iguales efectos que la notificación individual a cada
interesado.
En Totana, a 19 de junio de 2019.—El Alcalde-Presidente, Juan José Cánovas Cánovas
El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.