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NOTIFICANDO ACUERDO JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 21 DE JULIO DE 2016, (23. PROPUESTA DE LOS CONCEJALES DE JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS.

(03/08/2016) imprimir


PROPUESTA DE LOS CONCEJALES DE JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA APROBAR LA MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FORMATIVAS.

    Por Junta de Gobierno Local de fecha 30-06-2016 se aprobó la Convocatoria de Propuestas para la realización de Actividades Formativas durante el período de octubre 2016 a junio 2017.

    Visto que se ha producido un error en cuanto al seguro de responsabilidad civil que deben acreditar los licitadores, donde dice (en el apartado d de la cláusula sexta): “Acreditar tener un seguro de responsabilidad civil  y de accidentes que cubra la actividad de 300.000 €, antes del comienzo de la actividad…..”, debe decir “Acreditar tener un seguro de responsabilidad civil por una cuantía mínima de 150.000 euros. Si se trata de actividades a realizar al aire libre la cuantía será de 300.000 euros…”

    Considerando lo establecido en el art. 105.2 de la Ley 30/92, Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que literalmente dice: “Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.

    Considerando además oportuno ampliar el plazo establecido para la presentación de ofertas por parte los licitadores interesados en participar en esta convocatoria, y teniendo en cuenta que dicha modificación no causa ningún perjuicio a ninguna de las partes interesadas, sino todo lo contrario.
 
    Por todo lo expuesto los Concejales que suscriben PROPONEN:
   
    PRIMERO.- RECTIFICAR acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de fecha 30-06-2016, modificando de la Convocatoria de Propuestas para la realización de Actividades Formativas, donde dice:

-    En el apartado d) de la cláusula sexta: “Acreditar tener un seguro de responsabilidad civil  y de accidentes que cubra la actividad de 300.000 €, antes del comienzo de la actividad…..”, debe decir “Acreditar tener un seguro de responsabilidad civil por una cuantía mínima de 150.000 euros. Si se trata de actividades a realizar al aire libre la cuantía será de 300.000 euros…”

-    En el primer párrafo del punto 2 de la cláusula tercera: “Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Totana, Plaza la Constitución, s/n, CP 30850 Totana-Murcia, en el Servicio de Atención al Ciudadano ( SAC), en horario de atención al público, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el  Perfil de Contratante, de la página web del Ayuntamiento: www.totana.es. hasta el 31 de julio de 2016.”, debe decir “Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento de Totana, Plaza la Constitución, s/n, CP 30850 Totana-Murcia, en el Servicio de Atención al Ciudadano ( SAC), en horario de atención al público, a partir del día siguiente al de publicación del anuncio de licitación en el  Perfil de Contratante, de la página web del Ayuntamiento: www.totana.es. hasta el 19 de agosto de 2016.”


TERCERO.- NOTIFICAR el presente acuerdo a los servicios municipales correspondientes, para su conocimiento y efectos oportunos.


Totana (Murcia), 20 de julio de 2016



LA CONCEJALA DE JUVENTUD                                          EL CONCEJAL DE PARTICIPACIÓN                                                               CIUDADANA       


 Fdo: Dª  Inmaculada Blázquez Acosta                                         Fdo: D. Agustín G. Martínez Hernández



APROBADO POR UNANIMIDAD MEDIANTE VOTACION ORDINARIA

Lo que le comunico a Ud. para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acuerdo, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello, sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Totana (Murcia), 25 de julio de 2016
EL SECRETARIO GENERAL

MANUEL MERLOS MARÍN  
 

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