De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la resolución de los expedientes sancionadores por venta ambulante, que se indican, instruidos en el Ayuntamiento de Totana, a las personas que a continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.
Los correspondientes expedientes obran en el Negociado de Comercio del Ayuntamiento de Totana, lo que le comunico a Ud. para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acuerdo, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello, sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.
NOMBRE Y APELLIDOSDOC. IDENTIFICACIÓNEXPEDIENTE
ANTONIO ESCOVAR DÍAZ48432850W08/2013
RUBÉN MORALES FERNÁNDEZ23265646L10/2013
Totana, 7 de octubre de 2013.—La Alcadesa, Isabel M.ª Sánchez Ruiz
El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.