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BASES REGULADORAS DEL HOMENAJE A MUJERES TOTANERAS Y A UNA PERSONA JURÍDICA CON MOTIVO DEL DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER, 8 DE MARZO.

(10/02/2012) imprimir


Bases reguladoras del homenaje a mujeres totaneras y a una persona jurídica con motivo del Día Internacional de la Mujer, 8 de marzo.

1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

La Concejalía de Mujer e Igualdad de Oportunidades como órgano encargado de la gestión de todas las competencias en materia de mujer en el Ayuntamiento de Totana, y tras la aprobación del II Plan de Igualdad de Oportunidades con una vigencia de 2007-2010; y la creación y puesta en marcha del Consejo Municipal de Igualdad de Totana como órgano de participación democrática de la ciudad de Totana y de sus asociaciones en los asuntos municipales relativos a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, quieren apoyar a aquellas personas y/o entidades que han trabajado por el desarrollo integral de las mujeres y por la igualdad de género en todos los ámbitos de la vida.

En virtud del mandato que otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, artículos 34 y siguientes, así como el artículo 14 de la Ley 3/2007, del 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, e igualmente el artículo 3 de la ley 7/2007, de 4 de abril, para la igualdad entre mujeres y hombres, y de protección contra la violencia de género en la Región de Murcia, se han establecido estas bases, por ello se pretende fomentar y fortalecer los Derechos Humanos y los valores democráticos de igualdad y respeto entre mujeres y hombres, dotando de esta forma de mayor relevancia y valor significativo como instrumentos de cambio y de futuro.

2. OBJETO:

La convocatoria de estas bases tiene por objeto reconocer y potenciar la labor de aquellas personas físicas o jurídicas, que hayan contribuido y/o destacado de manera relevante en la defensa de los valores que promuevan la igualdad de género con el fin de dar un impulso a las políticas de igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, y contribuir con ello a mejorar la situación de las mujeres de Totana.

De igual forma este homenaje quiere servir para reconocer y recompensar la labor que se desarrolla en nuestro municipio a favor de la igualdad de género en cualquier ámbito: educación, deporte, publicidad, medios de comunicación, actividad social, política y/o empresarial.

3. PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS:

3.1. Las propuestas podrán ser presentadas por cualquier entidad o asociación o por al menos un grupo de 5 personas, debiendo presentar una sola candidata por grupo o entidad, como merecedora del homenaje en los términos señalados en el artículo anterior.

Las candidaturas se formalizarán mediante el envío de la documentación seguna el Guion que acompaña a estas bases (Anexo I ) debidamente cumplimentado y adjuntando los documentos que en él se indican, y se presentarán ante la Secretaria del Consejo Municipal de Igualdad , en La Secretaría General del Ayuntamiento de Totana.

3.2. Se contemplan dos modalidades para el homenaje:

A) Homenaje a mujeres totaneras que hayan destacado de forma eminente en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política o económica; mujeres que hayan promovido la igualdad de oportunidades en cualquier ámbito de la vida: educación, deporte, publicidad, medios de comunicación, actividad social, política y/o empresarial, artística, etc.

B) Homenaje a una entidad, persona jurídica que haya destacado por su trabajo o actividad en el ámbito local por su lucha a favor de la igualdad entre hombres y mujeres.

3.3. El plazo de presentación de candidaturas será del hasta el día 28 de febrero de cada año, en el caso de que el último día sea inhábil, se entenderá prorrogado el primer día hábil siguiente. Dichas bases se publicarán para su difusión en la página web del Ayuntamiento de Totana o en cualquier medio informativo local.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el punto primero de este artículo, se podrán adjuntar, además, cuantos documentos aporten datos relevantes o información complementaria sobre la candidatura propuesta, quedando facultado el Ayuntamiento de Totana para solicitar cuanta documentación estime oportuna con el objeto de comprobar y/o completar la presentada por las personas aspirantes.

3.3. En todo caso, la documentación presentada no será devuelta.

3.4. Serán excluidas aquellas candidaturas presentadas por quienes soliciten el homenaje para sí mismos o que no se ajusten a los objetivos de las bases.

3.5. Las candidaturas presentadas, así como cualquier otro documento que acompañe a las mismas deberá estar redactado en castellano.

3.6. No se tendrán en cuenta aquellas candidaturas que no cumplan los requisitos anteriores.

4. EL JURADO.

4.1. El Jurado estará compuesto por:

-Presidente/a: Presidenta del Consejo Municipal de Igualdad o en quien delegue.

-Secretario/a con voz pero sin voto: Secretaria del Consejo Municipal de Igualdad.

-Las personas que designe el Consejo Municipal de Igualdad de Totana, no siendo superior a tres miembros.

4.2. Corresponde a la presidenta organizar y dirigir las deliberaciones y, en su caso, las votaciones que se produzcan; y a la secretaria interpretar las presentes bases y levantar actas de las sesiones.

4.3. El sistema de votación se establecerá de forma que promueva hasta el final la elección sucesiva de las candidatas preferidas por la mayoría del Jurado. A tal efecto, el voto deberá ser expresado siempre en sentido positivo y en base a los criterios fijados en estas bases. En todo caso se requerirá la asistencia obligatoria de la Presidenta.

4.4. El homenaje se podrá otorgar como máximo a seis mujeres y a una persona jurídica, de conformidad con la valoración señalada en el artículo siguiente.

5. VALORACIÓN DE EL JURADO.

5.1. El Jurado del homenaje valorará todas las acciones, actividades o vivencias que fomenten, impulsen o apoyen activamente la igualdad de género.

5.2. A los criterios de valoración señalados en el punto anterior, se tendrán en cuenta los siguientes ítems:

-Que la persona o entidad haya realizado, durante un período de tiempo considerable, y en función de los logros obtenidos, actividades encaminadas a fomentar la igualdad en cualquier ámbito: educación, deporte, publicidad, empresarial, producción artística, etc.

-Los resultados concretos del trabajo realizado a favor de la igualdad de género y el reconocimiento y valoración de los beneficios que ha aportado.

-Que haya sido pionera en el desarrollo de actividades que culturalmente están asociadas a roles masculinos (agricultura, albañilería, ganadería, empresarial, ….).

-Que realice o haya realizado en su vida una doble ocupación, portando responsabilidades familiares y laborales.

-Que se hayan beneficiado personas directas o indirectas de los logros obtenidos.

-Que pertenezca a una asociación del municipio de Totana, ya que se tendrá en cuanta el número de colectivos o personas que avalan esa propuesta.

-Trayectoria de la persona y comportamiento en el respeto a la igualdad de género.

De conformidad con estas bases, el Jurado podrá valorar otros criterios que estime convenientes de acuerdo a las bases.

6. HOMENAJE.

6.1. El homenaje consistirá en una mención y la entrega de un diploma que se otorgará públicamente en los actos del 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer.

6.2. El Jurado podrá conceder el homenaje como máximo a seis personas y a una entidad u organización.

6.3. Las personas homenajeadas deberán comunicar por escrito a la Concejalía de Mujer e Igualdad de Oportunidades, en el plazo improrrogable de 5 días, su aceptación del homenaje y su compromiso de asistir a la ceremonia con motivo del mismo. En caso de no cumplir estos dos requisitos se entenderá que la persona homenajeada renuncia al mismo. Si se da esta circunstancia, el homenaje pasará automáticamente a la siguiente candidatura sin necesidad de que el Jurado deba reunirse de nuevo.

6.4. El Jurado podrá declarar desierto cualquiera de las dos modalidades. La participación en este homenaje significa la aceptación de lo dispuesto en estas bases.

ANEXO I.- GUIÓN PARA PRESENTAR CANDIDATURA DEL HOMENAJE CON MOTIVO DEL 8 MARZO.

La Concejalía de Mujer e Igualdad de Oportunidades del Ayuntamiento de Totana con motivo del Día Internacional de la Mujer, siendo el órgano encargado de desarrollar las Políticas de Igualdad y el Consejo Municipal de Igualdad de Totana, como órgano de participación democrática en los asuntos relativos a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, han elaborado y aprobado estas bases, siendo posteriormente elevadas al Pleno de la Corporación en enero de 2010, con el objetivo de reconocer y potenciar la labor de aquellas personas físicas y jurídicas que han destacado de manera relevante en la defensa de los valores que fomenten la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de Totana en diversos ámbitos de la vida.

MODALIDAD:

A) Homenaje a mujeres totaneras que hayan destacado de forma eminente en cualquier ámbito de la vida social, cultural, política o económica; mujeres que hayan promovido la igualdad de oportunidades en cualquier ámbito de la vida.

B) Homenaje a una entidad, persona jurídica que haya destacado por su trabajo o actividad en el ámbito local por su lucha a favor de la igualdad entre hombres y mujeres.

La propuesta de la candidatura debe incluir:

- DATOS PERSONALES:

· Nombre y apellidos o nombre de la Institución y personas que la representan

· Domicilio particular:

· Teléfonos de contacto

· Correo electrónico:

· Profesión y/o ocupación:

· Domicilio laboral:

· Teléfono, fax y correo electrónico del lugar de trabajo o institución que representa:

- BREVE RESUMEN DEL RECORRIDO PROFESIONAL Y PERSONAL:

- ACTIVIDADES, ACCIONES O MERITOS REALIZADOS MÁS DESTACADOS A FAVOR DE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE HOMBRES Y MUJERES:

Méritos a valorar como por ejemplo: que haya distinguido en cualquier ámbito de la vida social, cultural, personal y profesional, que hay sido pionera en el desarrollo de actividades que culturalmente están asociadas a roles masculinos (agricultura, albañilería, deportes…..), que realice o haya realizado en su vida una doble ocupación, portando responsabilidades familiares laborales.

- FUNDAMENTACIÓN DEL POR QUÉ SE CONSIDERA QUE TIENE QUE SER PREMIADA ESTA PERSONA O ENTIDAD.

- PERSONAS ALLEGADAS DE CONTACTO Y QUE AVALAN LA PROPUESTA: (nombre y apellidos, teléfono de contacto, relación con la persona propuesta, etc.)

- OTROS: Como anexos se pueden adjuntar recortes de prensa, fotografías, escritos, méritos reconocidos etc.

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