Que la Junta de Gobierno Local en sesión Ordinaria celebrada el día veintitrés
de diciembre de dos mil ocho, aprobó la siguiente:
Norma reguladora del precio público por la prestación del servicio de
préstamo de bicicletas (Bicito)
Artículo 1.- Objeto.
Constituye el objeto de este precio público la prestación del Servicio de
Préstamo de Bicicletas (Bicito) de titularidad municipal.
Artículo 2.- Obligados al pago.
Vendrán obligados al pago del precio público toda persona que realice el alta
correspondiente según requerimientos recogidos en el Reglamento.
Artículo 3.- Cuantía.
La cuota se exigirá con arreglo a la siguiente tarifa:
Cuota de utilización de bicicletas: Por usuario al año: 20,00 €
Cuota de utilización de tarjeta: Por usuario y unidad: 5,00 €
Artículo 6.- Baja.
La baja, voluntaria o forzada, en la aplicación de la cuota y utilización del
servicio se atendrá a lo regulado en el Reglamento del servicio de préstamo de
bicicletas.
Artículo 8.- Vigencia.
La presente norma reguladora entrará en vigor al día siguiente al de su
publicación en el BORM, permaneciendo vigente mientras no se produzca su
modificación o derogación expresas.
Totana a 3 de febrero de 2009.—El Alcalde, José Martínez Andreo.
El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.