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1956 Anuncio de la iniciación de expediente sancionador por venta ambulante.

(09/03/2016) imprimir


De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y  
61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las  
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE  
285, de 27 de noviembre de 1992), se hace pública la iniciación de los  
expedientes sancionadores por venta ambulante, que se indican,  
instruidos en el Ayuntamiento de Totana, a las personas que a  
continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación  
en el último domicilio conocido, esta no se ha podido practicar.

Los  
correspondientes expedientes obran en el Negociado de Comercio del  
Ayuntamiento de Totana, ante el cual les asiste el derecho de alegar por  
escrito lo que en su defensa estimen conveniente, con aportación o  
proposición de las pruebas que consideren oportunas, dentro del plazo de  
quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de  
la presente en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Transcurrido  
dicho plazo sin que se haya hecho uso del derecho para formular  
alegaciones, se dictaran las oportunas Resoluciones.

Nombre y apellidosDoc. Identif.Expte.
MARÍA JOSEFA GOMERA HERNÁNDEZ74521316M07/2015

Totana, a 25 de noviembre de 2015.—El Alcalde, Juan José Cánovas Cánovas

 
 

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