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Contratación un AGENTE DE IGUALDAD

(06/09/2011) imprimir


COMUNICACIÓN

La Sra. Alcaldesa-Presidenta, con fecha seis de septiembre dos mil once, ha dictado la siguiente Resolución Nº 3379/2.011:

Vista la propuesta del Concejal Delegado de RR. HH. sobre contratación de un Agente de Igualdad por concesión de subvención que dice:

Visto que por anuncio publicado en el B.O.R.M. con fecha 23 de julio de 2005, relativo a contratación de Agentes de Igualdad y tras concesión de subvención para la contratación de un agente, según la convocatoria del Instituto Nacional de la Mujer efectuada mediante Orden de 11 de julio de 2005, se procedió a la contratación de un Agente de Igualdad, a raíz de la aprobación por Resolución de la Alcaldía nº 3.437/2005 de 20 de diciembre de 2005, de los requisitos establecidos para cubrir dicho puesto y del nombramiento de la comisión de selección que en sesión celebrada el 27 de diciembre de 2005, propuso la contratación del candidato con mayor número de puntuación y se estableció un lista de espera, en caso de renuncia del titular.

Visto que se ha producido la renuncia de todos y cada uno de los componentes de dicha lista de espera, así como las bases de la convocatoria obligan a la contratación del Agente de Igualdad hasta fin de año 2011, por lo que, se hace necesario llevar a cabo el proceso selectivo de forma urgente para su contratación.

En uso de las facultades que me confieren los artículos 21 de la ley 7/1985, de 2 de abril; 24 del R.D.L. 781/86, de 18 de abril y 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales,

RESUELVO

PRIMERO.- ESTABLECER los requisitos establecidos en la Orden de 11 de julio de 2.005 del Instituto Nacional de la Mujer, para cubrir mediante contrato laboral temporal de una plaza de Agente de Igualdad:

"Estar en posesión de una diplomatura o licenciatura en el ámbito de las Ciencias Sociales y Jurídicas preferentemente, sin excluir otras titulaciones universitarias con formación y/o experiencia especializada en el diseño, implementación y evaluación de políticas de igualdad de oportunidades y asesoramiento en la puesta en marcha de proyectos para la integración de la perspectiva de género en programas e instituciones para consolidar la participación igualitaria de hombres y mujeres en cualquier ámbito social, político, económico y cultural.".

SEGUNDO.- INSTANCIAS, las instancias, junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, así como la experiencia y cursos de formación relacionados con el puesto a cubrir, se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano, (S.A.C.), hasta las 14’00 horas del quinto día hábil, contando a partir del siguiente a la fecha de la presente resolución, que se publicará en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Totana www.totana.es.

TERCERO.- DERECHOS DE EXAMEN. Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 26’00 euros, debiendo los aspirantes acompañar a la instancia justificante de su ingreso en la Tesorería Municipal,

En el nº c.c. 2043 0042 69 2080000133 de Caja Murcia.

En el nº c.c. 2090 0035 73 0064000339 de la CAM

CUARTO.- COMITÉ DE SELECCIÓN. El comité de selección se constituirá conforme lo establecido en el art. 20 de la Orden de 11 de julio de 2005, de la consejería de Presidencia (BORM nº 168, de 23 de julio de 2005) y de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

QUINTO.- ADMISION DE ASPIRANTES. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el presidente de la Corporación dictará resolución que, aprobada provisionalmente la relación de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Totana www.totana.es, quedando elevada a definitiva la lista provisional sin necesidad de nueva publicación si, durante el plazo de 02 días para reclamaciones, no se produjesen reclamaciones.

Dichas reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, en la forma establecida en el párrafo anterior.

Si no se presentare ninguna reclamación contra la lista provisional en el plazo previsto, la misma devendrá definitiva.

La composición del comité de selección, con indicación del plazo de recusación que se concede a efectos de reclamaciones y determinando el lugar y fecha de reclamaciones y determinando el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios se hará público en el Tablón de Anuncios y página web del Ayuntamiento de Totana www.totana.es.

SEXTO.- BAREMACION:

A) Cursos.

La valoración de cada curso de formación cursado por los aspirantes, que guarde relación con el contenido funcional de la plaza que se ofrece, se efectuará en atención a su duración con arreglo a la siguiente escala:

a) Cursos de 200 o más horas: 1,00 punto.

b) Cursos de 101 a 200 horas: 0,50 puntos

c) Cursos de 71 a 100 horas: 0,30 puntos.

d) Cursos de 41 a 70 horas: 0,20 puntos.

e) Cursos de 15 a 40 horas: 0,10 puntos.

f) cursos inferiores a 15 horas, 0,05 puntos

g) Las actividades formativas tales como jornadas, seminarios, debates, etc., así como aquellos cursos en los que no conste la duración de horas: 0,05 puntos, por cada uno de ellos.

Únicamente se valorarán los cursos que fueron convocados u organizados por la Universidad y la Administración Pública, o en su caso, aquellos cursos de formación debidamente homologados por las citadas instituciones que hubieran impartido otras entidades colaboradoras.

B) Por méritos profesionales

- -Por cada mes completo de servicios prestados en el Excmo. Ayuntamiento de Totana, en un puesto de trabajo cuyo contenido funcional se corresponda con la plaza que se ofrece en la convocatoria, 0,25 puntos. A los efectos de este mérito, se tendrá en cuenta exclusivamente el trabajo prestado en puestos del mismo grupo de clasificación y con un contenido funcional sustancialmente idéntico al ofrecido.

- Por cada mes completo de servicios prestados otros organismos públicos o en la empresa privada, en puesto similares funciones al ofertado en la convocatoria, a razón de 0,2 puntos por mes de servicio.

C) Por meritos académicos.

- Estudios Superiores 1’00 puntos, relacionados directamente con las funciones a desempeñar en la plaza convocada, excluida la exigida por la convocatoria para su participación.

- Master, otras titulaciones o certificados oficiales específicos relacionados directamente con las funciones a desempeñar en la plaza convocada, excluida la exigida por la convocatoria para su participación, a criterio del Tribunal, igual puntuación por cada uno de ellos según su equivalencia con los anteriores.

SEPTIMO.- COMUNICAR a los servicios municipales afectados.

Totana, 6 de septiembre 2011

COFINANCIADO POR:
Unión Europea Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.

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