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APROBACIÓN DE LAS BASES DE SELECCIÓN DE PARTICIPANTES EN EL PROYECTO MURCIA ACTIVA POR EL EMPLEO RURAL (MAPER) Y DECLARACIÓN DE APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES PARA PARTICIPAR EN ESTE PROYECTO.

(24/09/2010) imprimir


BASES PARA LA SELECCIÓN DE PARTICIPANTES EN EL PROYECTO MURCIA ACTIVA POR EL EMPLEO RURAL (MAPER) Y DECLARACIÓN DE APERTURA DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN EN ESTE PROYECTO.

Primero.- Objeto.

El objeto de la presente convocatoria es la selección de participantes para el proyecto Murcia Activa por el Empleo Rural (MAPER), en el marco de las ayudas del Fondo Social Europeo 2007 – 2013 P.O. Adaptabilidad y Empleo Convocatoria 2007 (BORM 20 de julio de 2010), destinado a:

Jóvenes (hasta 30 años). Un nº de 12 participantes.

Mayores de 45. Un nº de 2 participantes.

Parados de larga duración. Un nº de 3 participantes.

Otras personas desfavorecidas. Un nº de 5 participantes.

Otros. Un nº de 3 participantes.

En este proyecto podrán participar un número de 25 personas de las cuales, el 75 % deberán ser mujeres

Las personas seleccionadas participaran en la acción formativa “Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales”. Siendo el periodo de formación teórica totalmente gratuito y recibiendo una beca que representará el 75% del IPREM mensual durante el periodo de realización de prácticas

Además, los participantes que tengan: menores de 3 años a su cargo, tendrán derecho a recibir una beca de guardería para su atención durante todo el horario formativo.

Segundo.- Definición.

El curso de formación-ocupacional de “Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales”, está compuesto por un período de formación teórica de 450 horas y otro período de formación práctica de 180 h.

La formación teórica se realizará en un aula del Centro de Desarrollo Local, sito en el Polígono Industrial El Saladar” C/ Huertos Nuevos, en horario de mañana entre las ocho y las quince horas (aún por determinar).

Las prácticas formativas son actividades realizadas por el alumnado en empresas o en instituciones públicas, que tienen como objetivo, complementar la formación del alumnado y acercar a este, a las realidades del ámbito profesional donde ejercerá su actividad.

Tercero.- Requisitos de acceso al programa.

Las personas interesadas que deseen participar en el Proyecto Murcia Activa por el Empleo Rural (MAPER), deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener una edad comprendida entre 16 y 65 años.

b) Solicitar su participación en el proyecto en el Ayuntamiento de Totana, mediante la presentación de la solicitud, en modelo normalizado elaborado para tal fin, en la forma y plazo establecidos más adelante.

c) Ser desempleado/a inscrito en la correspondiente Oficina de Empleo (SEF).

d) En el momento de presentar la solicitud, estar empadronado en este municipio.

e) Estudios requerido: E. G. B o equivalente.

Cuarto.- Criterios de baremación.

Las solicitudes se baremarán de acuerdo con los siguientes criterios, que se entenderán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Períodos de inscripción como demandante de empleo en los últimos cinco años: se concederán, una puntuación de 0,05 por cada mes de inscripción, hasta un máximo de 3 puntos.

b) Edad del trabajador: se concederán 0,4 puntos por cada año que el trabajador rebase la edad de 45 años, hasta un máximo de 2 puntos.

c) Condición de mujer: se concederán 2 puntos.

d) Condición de mujer víctima de violencia de género: se concederá 4 puntos que no podrán acumularse a los dos puntos del apartado anterior

e) Prestaciones por desempleo percibidas por el trabajador:

- Si es beneficiario de subsidio por desempleo, renta activa de inserción o programa temporal de protección por desempleo: 2 puntos.

- Si no es beneficiario de prestaciones: 4 puntos.

f) Responsabilidades familiares:

- Se otorgarán 3 puntos por cada familiar a cargo del solicitante. A estos efectos, se consideran familiares a cargo el cónyuge, descendientes directos por consanguinidad o afinidad, menores de 26 años y ascendientes directos por consanguinidad o afinidad, mayores de 65 que convivan (empadronados en el mismo domicilio) con el interesado, de acuerdo con los siguientes requisitos:

- Cónyuge, así como descendientes directos por consanguinidad o afinidad menores de 26 años, siempre que no hayan trabajado, por cuenta propia o ajena, más de 92 días en el año anterior a la solicitud.

- Ascendientes directos por consanguinidad o afinidad, mayores de 65 años, que no sean beneficiarios de ninguna pensión contributiva o asistencial.

- También tendrán la consideración de familiares a cargo del solicitante los descendientes o ascendientes directos por consanguinidad o afinidad, menores de 65 años que tengan reconocida una minusvalía superior al 33%, siempre que no hayan trabajado, por cuenta propia o ajena, más de 92 días en el año anterior a la solicitud.

Las cargas familiares que haga valer un solicitante no podrán ser alegadas por ningún otro miembro de la unidad familiar.

g).Carné de Conducir y disposición de vehiculo.

- Carné de Conducir B1: 0,5 puntos.

- Vehiculo propio (coche o moto): 0,5 puntos.

Quinto.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.

a). Las solicitudes se cumplimentarán en el modelo recogido en el Anexo I, irán dirigidas al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Totana y se presentaran en el Servicio de Atención al Ciudadano (SAC), según el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El formulario de solicitud podrá obtenerse en el SAC del Ayuntamiento de Totana, sito en la calle Mayor Sevilla 1 bajo o descargarse por Internet desde el portal de www.oficinadedesarrollo.org. Sólo se admitirá una única solicitud por trabajador.

b). El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las siguientes bases en el tablón de anuncios del Ayuntamiento o en su página web : www.totana.es.

Quinto.- Documentación.

Junto con la solicitud de participación, el interesado/a deberá acompañar la siguiente documentación:

a). Fotocopia compulsada del D.N.I. o N.I.E. del solicitante, y de las personas que se indiquen en la solicitud como cargas familiares.

b). Certificado de empadronamiento y convivencia, expedido por el Ayuntamiento.

d). Acreditación de las cargas familiares, mediante la aportación de los siguientes documentos.

I. Certificado del Organismo competente que acredite la condición de minusválido del familiar a cargo.

II. Certificado de Vida Laboral de los miembros de la unidad familiar que se aleguen como cargas y se encuentren en edad familiar. No será preciso que el solicitante aporte su certificado de vida laboral.

III. Certificado emitido por el Organismo competente (INEM), acreditando que no se es beneficiario de ninguna pensión, para los miembros de la unidad familiar mayores de 65 años.

IV. Libro de Familia.

La ausencia de alguno de los documentos anteriormente referidos, supondrá la exclusión del familiar afectado, a efectos de su consideración como persona a cargo del solicitante.

e) Mujeres victimas de violencia de género deben aportar fotocopia compulsada de:

- Sentencia judicial.

- Auto judicial que hubiere acordado como medida cautelar para la protección de la víctima la prohibición de aproximación o la prisión provisional del inculpado.

f) Fotocopia compulsada del Carné de conducir.

g) Acreditación de la propiedad o disponibilidad del vehiculo (seguro del mismo, ficha de tráfico, etc.)

Tendrán prioridad aquellas personas que no hayan participado anteriormente en algún programa de Escuela Taller, Casas de Oficio o Talleres de Empleo, así como Proyectos de características similares.

Sexto.- Admisión de aspirantes y fecha de realización de la prueba de selección

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web, la lista provisional de admitidos y excluidos, estableciendo un plazo de subsanación de 5 días hábiles, transcurrido el cual se publicará en los mismos medios la lista definitiva, el lugar, la fecha y la hora de la realización de la entrevista de selección.

Séptimo: Composición del Tribunal de Selección.

Para la realización del proceso selectivo se nombrará un tribunal de selección compuesto por: Presidente, Secretario y dos Vocales, que serán designados por la Junta de Gobierno Local de entre los trabajadores del Ayuntamiento de Totana.

Este tribunal se constituirá en la fecha, hora y lugar establecido en el acuerdo de designación del mismo. Serán funciones de este tribunal, la revisión de las solicitudes y la ejecución de todo el proceso selectivo que culminara elevando una propuesta de candidatos seleccionados al Presidente de la Corporación.

Octavo.- Proceso de selección.

El proceso de selección, constará de 3 fases,

1. Fase. Admisión de solicitudes

2. Fase. Baremación de la documentación aportada.

3. Fase. Realización de una entrevista La puntación máxima en este caso será de 5 puntos.

La puntuación final será la suma de las puntuaciones obtenida en el proceso de baremación de la documentación aportada y la realización de la entrevista. Serán seleccionados/as los/as aspirantes que alcancen mayor puntuación total. En caso de empate entre dos o más candidatos/as será seleccionado/a, aquél o aquella, que tenga mayor tiempo de inscripción como demandante de empleo en el SEF.

Finalizada el proceso de selección, el Secretario del tribunal de selección levantará acta que elevara Propuesta al Presidente de la Corporación en el que consten los candidatos seleccionados y la lista de espera, publicándose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Totana y en su página web www.totana.es, la lista provisional de los/as seleccionados/as. Contra la misma se pondrá presentar reclamaciones con un plazo de 3 días hábiles, haciéndose pública la definitiva y dada a conocer a través de las anteriores vías de comunicación, pasando los/as no seleccionado/as a integrar la lista de espera ante las posibles bajas que puedan producirse.

Novena.- Período de Formación Teórica.

El alumnado tendrá un periodo de formación de 450 horas teórica.

El Ayuntamiento junto con la empresa privada Albant & Inedit encargada de la formación teórica, establecerán los horarios del período de formación teórica. No obstante y según las necesidades docentes, los horarios se consideran flexibles, pudiendo ser modificados en casos puntuales.

El docente realizará un control diario de asistencia y puntualidad, por ese motivo se recogerán por parte del profesorado las firmas del alumnado durante los 5 primeros minutos y al final de la sesión formativa, anotándose a continuación los retrasos y motivaciones, y comunicándose a los respectivos Ayuntamientos a través de su personal técnico.

Todo el alumnado disfrutará de un tiempo de 20 minutos al día de descanso.

Las ausencias y faltas de puntualidad y permanencia del alumnado, en que se aleguen causas de enfermedad, incapacidad temporal y otras de fuerza mayor, requerirán el aviso inmediato al profesorado-responsable o personal técnico, así como su ulterior justificación acreditativa, en el plazo de 3 días.

Durante todo el período formativo teórico el alumnado tendrá un seguro de formación, el cuál correrá a cargo del Ayuntamiento de Totana, seguro que debe incluir el riesgo in-itinere.

Décima. Período de Formación Práctica.

El alumnado tendrá un período de formación práctica de 180 h.

El horario para la formación práctica, será de 5 h, a convenir entre la empresa, el Ayuntamiento y el/la alumno/a.

No obstante y según las necesidades de las empresas o instituciones públicas donde van a realizar las prácticas, los horarios se consideran flexibles, pudiendo ser modificados en casos puntuales, no pudiendo superar en ningún caso las 5 horas diarias. Se deberá comunicar con un plazo de 5 días cualquier modificación horaria, fechas,…

Las empresas deberán asignar a un/a tutor/a como persona responsable del/la alumno/a durante el periodo de prácticas. Este/a tutor/a deberá realizar un control diario de asistencia y puntualidad, por ese motivo se recogerán por parte del tutor/a las firmas de asistentes durante los 5 primeros minutos y al final del día, anotándose a continuación, los retrasos y motivaciones, y comunicándose a los respectivos Ayuntamientos a través de su personal técnico.

Todos el alumnado, disfrutarán de un tiempo de 20 minutos de descanso.

Las ausencias y faltas de puntualidad y permanencia del personal en el periodo de prácticas, en que se aleguen causas de enfermedad, incapacidad temporal y otras de fuerza mayor, requerirán el aviso inmediato al tutor/a-responsable y técnico/a de orientación laboral, así como su ulterior justificación acreditativa, en el plazo de 3 días.

Cuando existan ausencias y/o faltas de puntualidad del alumnado no justificadas, se descontará de la beca la parte proporcional correspondiente.

Durante la fase de prácticas en empresas o instituciones públicas, el alumnado tendrá un seguro que correrá a cargo del Proyecto Murcia Activa por el Empleo Rural (MAPER) plasmado en los Presupuestos del Ayuntamiento de Totana. En ningún caso, se les cobrará dicho seguro a las empresas.

Décimoprimera.- Relación con las empresas u organizaciones en prácticas.

La relación entre el alumnado y la empresa o institución pública en las que se realicen las prácticas se regulará mediante un convenio entre la empresa y el Ayuntamiento correspondiente (un convenio por empresa y alumno/a).

La participación de una empresa en el programa de prácticas no supondrá la adquisición de más compromisos que los estipulados en el convenio, y en ningún caso, se derivará obligaciones propias de un contrato laboral.

El alumnado se someterá a los reglamentos establecidos por el Ayuntamiento y la empresa en todas las materias.

La empresa podrá tener más de un/a alumno/a en prácticas.

La empresa deberá asignar a un tutor/a del/la alumno/a durante su periodo de prácticas. Al finalizar las prácticas este tutor/a deberá emitir un informe sobre el resultado del/la alumno/a.

En ningún caso, el alumnado en prácticas sustituirá a personal de la empresa, no pudiendo producirse bajas en la plantilla debido a la incorporación de estos.

La realización de las prácticas no establece relación contractual laboral con el Ayuntamiento ni con la empresa donde se lleven a cabo, ni implica por parte de está ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de los/as alumnos/as en la misma.

Al no ser una relación de carácter laboral la existente entre el alumnado y la empresa, en el caso de que al término de las prácticas se incorporen a la plantilla de las mismas, el período de prácticas, no se computará a efectos de antigüedad ni eximirá del período de prueba, a menos que en el convenio estuviera expresamente estipulado.

Décimosegunda.- Criterios de control.

El alumnado se someterá a las directrices del profesorado y/o tutor/a de prácticas.

Aquellas cuestiones que se planteen durante la ejecución del período de formación por el profesorado, serán resueltas por el personal técnico del servicio de orientación laboral del Ayuntamiento de Totana, pertenecientes al Proyecto Murcia Activa por el Empleo Rural.

Décimotercera.- Becas.

En el Ayuntamiento de Totana, el curso de Formación Ocupacional “Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales”, estarán formados por un máximo de 25 personas, teniendo cada uno de ellos, derecho a obtener beca durante el periodo de realización de prácticas.

Durante las 450 h, del período de Formación Teórica, el alumnado sólo tendrá derecho a la ayuda de guardería (hijos menores de tres años)

El importe de la beca por la realización del curso durante el período de Formación Práctica, equivaldrá al 75% del IPREM.

Décimocuarta.,- Pago de las Becas.

El pago se hará por transferencia bancaria, para la cuál deberán facilitar fotocopia del nº de cuenta corriente con sus 20 dígitos.

El pago será una vez finalizado el periodo formativo práctico, habiendo entregado la empresa o institución pública la documentación justificativa del cumplimiento de lo estipulado, esta documentación se presentará dentro de un plazo de 10 días, para su revisión y valoración.

Los/as usuarios/as de la beca de guardería, tendrán que presentar justificante de la utilización de este servicio en los 5 primeros días del mes siguiente a su utilización.

Los/as alumnos/as que abandonen el curso no tendrán derecho a beca alguna.

Décimoquinta.- Otras actividades Formativas.

Los participantes en el Proyecto Maper, deberán completar su formación con otra formación trasversal o complementaria compuesta de los siguientes Módulo:

- Fomento de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres, con un total de 10 h.

- Fomento de la no discriminación y lucha contra la exclusión social, con un total de 5 h.

- Fomento de las Nuevas Tecnologías de la información y comunicación, de 5 h.

- Fomento del cuidado y respecto al medioambiente de 5 h.

Además, deberá realizar otras actividades complementarias como módulos de técnicas de búsqueda de empleo, itinerarios de formación, diseño de curriculum y preformación, a cargo del personal técnico del Proyecto Maper.

Décimosexta.- Causas de Suspensión y Extinción.

Durante la etapa formativa y de prácticas del curso de formación ocupacional, serán causas de exclusión y de pérdida, en su caso, del derecho a percepción de la beca, las siguientes:

1. Las ausencias y faltas de puntualidad y permanencia del alumnado, justificadas o sin justificar no podrán superar más del 25% total de horas.

2. No seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan, a juicio del profesorado o tutor/a, quien elevará la correspondiente propuesta al técnico/a del Proyecto Murcia Activa por el Empleo Rural.

Decimoseptima.- Baja y Sustitución de Alumnos.

En el supuesto de baja de alguno/a de los alumnos/as con anterioridad a la finalización del curso de formación-ocupacional, será el Ayuntamiento de Totana, quien señale el procedimiento de sustitución, que deberá adecuarse a lo establecido en los siguientes apartados.

1. Se producirá la baja del alumnado en los casos previstos en el artículo anterior, así como cuando se produzca por voluntad propia de éstos.

2. La baja conllevará la pérdida del derecho a percibir las becas correspondientes, salvo por causa justificada ya establecida en el apartado décimo.

3. Las bajas del alumnado producirán vacantes de plazas, que podrán ser cubiertas, por la persona integrados en las listas de reservas que se establezca al haber realizado el proceso de selección.

A la fecha de incorporación, los/as sustitutos/as deberán cumplir, además de los requisitos mínimos establecidos, los que a continuación se determinan:

- Solamente, se podrán realizar en caso de sustitución de vacantes de alumnos/as que se encuentren en la etapa formativa del curso de formación ocupacional, y los/as sustitutos/as deberán acreditar una base formativa suficiente que les permita continuar el proceso formativo del proyecto.

El personal técnico del servicio de orientación laboral procederá a la constatación del cumplimiento de estos requisitos mediante la acreditación documental, prueba profesional o entrevista personal.

La beca se percibe al concluir la formación, por lo tanto si se produce abandono de la misma sin causa justificada, no tendrá derecho a la misma.

Decimooctava.- Disposición adicional.

En todo lo que no este contemplado en estas bases, se estará a lo dispuesto en la Memoria del Proyecto MAPER para su adecuada puesta en marcha y finalización.

PRIMERA: APROBAR el formulario de solicitud del curso de formación ocupacional “Atención Sociosanitaria a personas dependientes en Instituciones Sociales”.

Cofinanaciado en un 80% por el FSE

ANEXO I.

SOLICITUD de participación en el Programa Murcia Activa por el Empleo Rural (MAPER).

Apellidos y Nombre: DNI/NIF:

Fecha de nacimiento: Hombre Mujer

Municipio: Provincia: C.P:

Domicilio: Nº:

Teléfono: Móvil: Email:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD: Que cumplo los requisitos exigidos (Marcar con una X).

Edad comprendida entre 16 y 65 años.

Demandante de empelo inscrito/a en el SEF.

Estar empadronado en el municipio de Totana.

Estudios requeridos, E.G.B. o equivalente.

Aporto documentación requerida;

Fotocopia compulsada del D.N.I o N.I.F del solicitante.

Certificado de empadronamiento y convivencia.

Tarjeta de demanda de empleo.

Acreditación cargas familiares. Certificado de minusválido, vida laboral, libro de familia.

Mujeres víctima de violencia de género: sentencia judicial o auto de medida cautelar de la víctima.

Fotocopia compulsada del carné de conducir así como documentación acreditativa de estar en posesión de vehículo propio.

Firma del solicitante:

Fecha: de de 2010. Registro de Entrada.

ILTMO. SR. Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Totana.

Plaza de la Constitución, 1.

30.850 Totana (Murcia).

SEGUNDA : DESIGNAR COMO MIEMBROS DEL al tribunal de selección para la baremación y selección de los/as alumnos/as, que estarán compuesto por las siguientes personas:

Presidente.- Isabel Morera Gisbert.

Suplente: Pedro Cayuela Ruiz.

Secretario.- Teresa J. Martínez Cánovas.

Suplente. Mª José Sánchez García.

Vocal 1.- Mª Carmen Egea Paredes.

Suplente. Antonia Martínez Casanova.

Vocal 2.- Águeda Muñoz Tudela.

Suplente. Gertrudis Ruiz Cánovas.

TERCERA: CONVOCAR, al tribunal el día 8 de octubre de 20010 a las 9 horas en el Salón de Plenos del ayuntamiento para su constitución.

Totana (Murcia), 24 de septiembre de 2010

LA SECRETARIA GENERAL

LAURA BASTIDA CHACÓN

COFINANCIADO POR:
Unión Europea Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.

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