El Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 30 de diciembre de 2009, aprobó inicialmente la modificación de las siguiente Ordenanza Fiscal Reguladora de:
- Gestión, Recaudación e Inspección de Tributos Locales y resto de ingresos de Derecho Público Local
De conformidad con lo dispuesto en el art. 17 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Testo Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el acuerdo provisional referido se pública por plazo de treinta días, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. En el caso de que no se hubieren presentado reclamaciones dentro del indicado plazo, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
Totana a 26 de enero de 2010.—El Alcalde, José Martínez Andreo.
NPE: A-080210-1950
El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.