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MODIFICACIÓN DE BASES EN LA BOLSA DE TRABAJO DE MONITOR OCUPACIONAL

(15/01/2010) imprimir


La Junta de Gobierno Local en sesión Ordinaria celebrada el día catorce de enero de dos mil diez , adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

14.2 PROPUESTA DEL CONCEJAL DE PERSONAL PARA LA MODIFICACIÓN DE BASES EN LA BOLSA DE TRABAJO DE MONITOR OCUPACIONAL.

Visto que mediante acuerdo de Junta de Gobierno, en sesión de 30/12/2009, se aprobaron las bases para la formación de una bolsa de trabajo de Monitor Ocupacional.

Vista circular interna de la Concejalía de Bienestar Social, solicitando la modificación de requisitos en las citadas bases, se propone a la Junta de Gobierno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.- Modificar parcialmente la Base Tercera de las aprobadas por la Junta de Gobierno, en sesión de 30/12/2009, para constituir una bolsa de Monitor Ocupacional, de la siguiente manera:

DONDE DICE:

A) Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requisitos:

…..

- Estar en posesión de al menos uno de los siguientes requisitos:

Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o Título de Técnico Superior en Cerámica Artística

DEBE DECIR:

A) Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requis

- Estar en posesión de estudios básicos obligatorios.

 

Segundo.- Comunicar a los servicios municipales afectados, y dar publicidad mediante su inclusión de la página web y tablón municipales.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD MEDIANTE VOTACION ORDINARIA

 

Lo que le comunico a Ud. para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acuerdo, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello, sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Totana (Murcia), 15 de enero de 2010

LA SECRETARIA GENERAL

LAURA BASTIDA CHACÓN

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Comunidad Autónoma de la Región de Murcia

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