De conformidad con lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 3/1995, de
23 de marzo se somete a información pública en las Oficinas, sitas en la calle
Catedrático Eugenio Úbeda, n.º 3-3.ª Planta, de Murcia por espacio de un mes
a contar desde la fecha de la presente publicación, el Pliego de Condiciones que
ha de regir en la renovación de autorización de ocupación de terrenos de las
Vías Pecuarias “Vereda de la Culebrina a Charcón”, “Vereda de Morata”, “Vereda
del Puntarrón” y “Colada del Cermeño”, clasificadas en el término municipal
de Lorca; “Cañada Real de Granada a Cartagena”, “Vereda del Camino de los
Valencianos”, “Vereda de la Rambla de Lebor”, “Vereda del Camino de Ordales u
Hondales”, clasificadas en el término municipal de Totana; “Cordel de Librilla a
Lorca” y “Vereda de la Venta del Rabioso”, clasificadas en el término municipal
de Alhama de Murcia; “Vereda de Belén”, clasificada en el término municipal de
Murcia; “Cordel de la Huerta”, clasificada en el término municipal de Mula; Vereda
del Camino de Alguazas”, clasificada en el término municipal de Campos del Río;
“Cordel de Marahón”, clasificada en el término municipal de Ojós; y “Cañada Real
de los Cabañiles”, clasificada en el término municipal de Ulea; a partir de la fecha
de Resolución del expediente iniciado a instancia de Red Eléctrica de España,
S.A.U., con referencia VP 20/2012.
NPE: A-300814-11133
Número 200 Sábado, 30 de agosto de 2014 Página 32758
www.borm.es
D.L. MU-395/1985 - ISSN: 1989-1474
Asimismo se pone de manifiesto que la instalación afecta a las Vías Pecuarias
no clasificadas “Vereda de Librilla a los Charcones”, en el término municipal de
Librilla, y “Vereda de la Oliverica”, en el término municipal de Abanilla.
Murcia, 18 de junio de 2014.—La Directora General de Medio Ambiente,
María Encarnación Molina Miñano.
El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.