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La Alcaldía dicta un bando por el cual se informa de los requisitos para ejercer el derecho electoral por parte de los ciudadanos de la UE y de países con acuerdo de reciprocidad de voto

(12/12/2022) imprimir

La Alcaldía del Ayuntamiento ha dictado recientemente un bando por el cual se informa a los ciudadanos de la UE y de países con acuerdo de reciprocidad de voto de los requisitos para ejercer su derecho electoral.

Así, aquellos ciudadanos que provengan de países pertenecientes a la Unión Europea, y de países con acuerdo de reciprocidad de voto (Bolivia, Cabo Verde, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago), deberán manifestar su voluntad a ejercer su derecho electoral, así como cumplir con una serie de características.

Ciudadanos de la Unión Europea

Deberán manifestar su voluntad de voto, antes del 30 de enero, a través de la sede electrónica del INE, mediante correo postal, o en el Ayuntamiento, donde se deberá cumplimentar el modelo del INE aportando el documento de identidad (

Ciudadanos de países con acuerdo de reciprocidad de voto

Deberán manifestar su voluntad de voto antes del 15 de enero, accediendo a la sede electrónica del INE, mediante correo postal, o en el Ayuntamiento, donde se deberá cumplimentar el modelo del INE aportando el documento de identidad y el certificado de residencia expedido por la Comisaría de Policía.

Además, deberán ser mayores de 18 años y no estar privados del derecho de sufragio pasivo, estar inscritos en el padrón municipal de habitantes, encontrarse en posesión de la autorización de residencia en España, y haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el acuerdo.

 

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Fotos: totana.es

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