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Resolución de la Alcaldía sobre delegaciones a los Tenientes de Alcalde.Borm Nº 243, lunes 21 de octubre de 2019

(21/10/2019) imprimir


Con fecha 8 de julio de 2019, el Sr. Alcalde-Presidente, ha dictado la siguiente Resolución n.º 2.066/2019:

Primero.- Declarar que no se delegan y que se gestionarán directamente por la Alcaldía las Áreas y Servicios siguientes:

· Personal, Régimen Interior y Servicios Generales.

· Hacienda, Contratación y Patrimonio.

· Transparencia.

· Proinvitosa.

Segundo.- Efectuar las siguientes Delegaciones Generales, respecto de las áreas y servicios municipales que se especifican, a favor de los Tenientes de Alcalde que a continuación se indican:

Delegar en doña Inmaculada Blázquez Acosta:

· Desarrollo Económico.

· Industria.

· Formación y Empleo.

· Nuevas Tecnologías.

· Sanidad.

· Bienestar Animal.

· Juventud e Infancia.

Delegar en doña Verónica Carricondo Gázquez:

· Cultura y Festejos.

· Música.

· Artesanía.

· Turismo.

· Yacimientos arqueológicos y Museos.

· Patrimonio Histórico-Artístico y Archivo.

Delegar en don Pedro José Sánchez Pérez:

· Urbanismo.

· Servicios, Infraestructuras, Movilidad y Accesibilidad Urbanas.

· Medio Ambiente.

· Agricultura, Ganadería y Agua.

· Pedanías y Desarrollo Rural.

Delegar en don Agustín Gonzalo Martínez Hernández:

· Policía.

· Seguridad Ciudadana.

· Seguridad en Edificios Públicos.

· Protección Civil.

· Tráfico.

· Transportes, Taxis, Servicio O.R.A.

· Participación Ciudadana.

· Consejo de Participación Ciudadana.

· Barrios.

· Educación y Escuela de Idiomas.

· Deportes.

Delegar en don Javier Baños Tudela:

· Bienestar Social.

· Igualdad, Mujer, LGTBI, Discapacitados y Mayores.

· Centros de Atención a Mayores.

· Centros de Atención a Discapacitados.

· Consumo.

· Comercio, Ferias y Plazas de Abastos.

· Cedeto.

Tercero.- Las Delegaciones efectuadas abarcarán todas las facultades de dirección, organización interna y gestión de los correspondientes servicios, incluyendo  la posibilidad de disponer de lo necesario para la buena tramitación administrativa de los expedientes desarrollándolos en todas sus fases, con exclusión de la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

Totana, 31 de julio de 2019.—El Alcalde-Presidente, Juan José Cánovas Cánovas

 

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