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MODIFICACIÓN DE BASES EN LA BOLSA DE TRABAJO DE MEDIADOR SOCIAL-INTÉRPRETE

(15/01/2010) imprimir


La Junta de Gobierno Local en sesión Ordinaria celebrada el día catorce de enero de dos mil diez , adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

14.3 PROPUESTA DEL CONCEJAL DE PERSONAL PARA LA MODIFICACIÓN DE BASES EN LA BOLSA DE TRABAJO DE MEDIADOR SOCIAL-INTÉRPRETE.

Visto que mediante acuerdo de Junta de Gobierno, en sesión de 30/12/2009, se aprobaron las bases para la formación de una bolsa de trabajo de Mediador Social-intérprete.

Vista solicitud de la Concejalía de Bienestar Social, sobre modificación de requisitos en las citadas bases, se propone a la Junta de Gobierno la adopción de los siguientes acuerdos:

Primero.- Modificar parcialmente la Base Tercera de las aprobadas por la Junta de Gobierno, en sesión de 30/12/2009, para constituir una bolsa de Mediador Social-Intérprete, de la siguiente manera:

DONDE DICE:

A) Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requisitos:

- Tener la nacionalidad española, o bien ser nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 07/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

DEBE DECIR:

A) Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir los siguientes requisitos:

- Tener la nacionalidad española, o bien ser nacional de cualquier estado miembro de la Unión Europea en los términos previstos en la Ley 07/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y extranjeros con residencia legal en España.

Segundo.- Comunicar a los servicios municipales afectados, y dar publicidad mediante su inclusión de la página web y tablón municipales.

 

APROBADO POR UNANIMIDAD MEDIANTE VOTACION ORDINARIA

 

Lo que le comunico a Ud. para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que contra el presente acuerdo, puede interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de UN MES a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Murcia, en el plazo de DOS MESES a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello, sin perjuicio de utilizar cualquier otro recurso o acción que estime pertinente.

Totana (Murcia), 15 de enero de 2010

LA SECRETARIA GENERAL

LAURA BASTIDA CHACON

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